VILLEGAS/I. MUNICIPALIDAD DE AYSÉN
Rol
Fecha
25 de marzo de 2024
Materia
DESPIDO INJUSTIFICADO
Resultado
RECHAZA REPOSICIÓN
Hechos
VISTOS: Atendido el mérito de autos, alegaciones formuladas, no habiéndose aportado nuevos antecedentes que ameriten desvirtuar lo ya resuelto; y, lo dispuesto en el artículo 474 del Código del Trabajo y artículos 181 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, se declara NO HA LUGAR al recurso de reposición deducido por el abogado don Tristán Sade Sandoval, en contra de la resolución de fecha veintidós de febrero de dos mil veinticuatro. Devuélvase. Rol 12-2024 (Laboral).
Fallo
se declara: VISTOS: Atendido el mérito de autos, alegaciones formuladas, no habiéndose aportado nuevos antecedentes que ameriten desvirtuar lo ya resuelto; y, lo dispuesto en el artículo 474 del Código del Trabajo y artículos 181 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, se declara NO HA LUGAR al recurso de reposición deducido por el abogado don Tristán Sade Sandoval, en contra de la resolución de fecha veintidós de febrero de dos mil veinticuatro. Devuélvase. Rol 12-2024 (Laboral).
Texto Completo (Preview)
Coyhaique, veinticinco de marzo de dos mil veinticuatro. Con la cuenta de la señora Relator, resolviendo la presentación de Folio 7, se declara: VISTOS: Atendido el mérito de autos, alegaciones formuladas, no habiéndose aportado nuevos antecedentes que ameriten desvirtuar lo ya resuelto; y, lo dispuesto en el artículo 474 del Código del Trabajo y artículos 181 y siguientes del Código de Procedimi
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