SIN INFORMACION

MARBONI SHIPPING CIA. LTDA/ANDRADE

Rol

Fecha

25 de marzo de 2024

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

ACOGIDA

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Hechos

Vistos y teniendo presente que: Primero. Guillermo Kegevic Ahumada, abogado, en representación de Marboni Shipping Cía. Ltda., empresa con domicilio en Guayaquil, República de Ecuador, deduce recurso de protección en contra de Alexis Benjamín Andrade Coronado, en su calidad de Juez Árbitro, domiciliado en la comuna de Valdivia, señalando que el recurrido se ha negado a resolver, en la causa arbitral respectiva, su petición de alzamiento de zarpe de la motonave, mientras no se paguen sus honorarios, vulnerando el derecho a la vida y a la integridad física y psíquica de la dotación mínima a bordo de la motonave y su derecho a un debido proceso, garantizados, respectivamente, en los numerales 1º y 3º del artículo 19 de la Constitución Política de la República. Señala que la motonave Manantial se encuentra fondeada frente a la bahía de Talcahuano, desde que se decretó la cautelar de prohibición de zarpe o arraigo el año 2019, y que actualmente está en estado de deterioro, representando un peligro para la integridad de la tripulación mínima que debe mantenerse en ella. Refiere que pidió el alzamiento de dicha precautoria el 23 de enero de 2024 en la causa caratulada “Ultramar con Armadores y/u operadores MN Manantial”, seguida ante el señor árbitro recurrido, quien, el 25 de enero proveyó, en lo pertinente: “Previo a resolver dese cumplimiento a lo resuelto con fecha veinticinco de enero de dos mil veintitrés en relación con el pago de los honorarios del Juez Arbitro y Actuario.”. Con el mismo argumento rechazó su reposición presentada el 15 de febrero pasado. Sostiene que, si bien su parte no desconoce su obligación de pagar los honorarios, el señor juez árbitro tiene las herramientas legales para cobrarlos, pero no puede paralizar la acción de la justicia, pues ello importa un acto de autotutela. Solicita que se ordene al recurrido resolver el fondo de lo pedido, esto es la solicitud el alzamiento de la medida de prohibición de zarpe o arraigo de la motonave Manant

Fallo

Por estas consideraciones y lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado sobre Tramitación del Recurso de Protección de Garantías Constitucionales, se resuelve: Que se ACOGE, sin costas, el recurso de protección interpuesto por Marboni Shipping Cía. Ltda. en contra de Alexis Benjamín Andrade Coronado, dejándose sin efecto la resolución dictada en el procedimiento arbitral respectivo el 25 de enero de 2024, debiendo el recurrido, en lo sucesivo, abstenerse de condicionar la resolución de las peticiones sometidas a su conocimiento al pago de sus honorarios o los del señor actuario, todo ello sin perjuicio del ejercicio de las acciones que correspondan ante los tribunales competentes. Regístrese, comuníquese y archívese, en su oportunidad. N°Protección-480-2024.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Valdivia Valdivia, veinticinco de marzo de dos mil veinticuatro. Vistos y teniendo presente que: Primero. Guillermo Kegevic Ahumada, abogado, en representación de Marboni Shipping Cía. Ltda., empresa con domicilio en Guayaquil, República de Ecuador, deduce recurso de protección en contra de Alexis Benjamín Andrade Coronado, en su calidad de Juez Árbitro, domiciliado en la comuna de Valdivi

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