JUZGADO DE FAMILIA LOS ANGELES

ANONIMIZADO

Rol

Fecha

25 de marzo de 2024

Materia

ALIMENTOS

Resultado

INADMISIBLE

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Hechos

Vistos: 1.- Que, el artículo 67 N°2 de la Ley N°19.968 establece: “Sólo serán apelables la sentencia definitiva de primera instancia, las resoluciones que ponen término al procedimiento o hacen imposible su continuación, y las que se pronuncien sobre medidas cautelares”. 2.- Que, en la situación en estudio, la resolución impugnada es aquella que aplica los apremios solicitados al alimentante, la que no se encuadra en ninguna de las situaciones contempladas en la norma legal citada precedentemente, por lo que el recurso debe ser declarado...

Texto Completo (Preview)

C.A. de Concepción SYS/gam Concepción, veinticinco de marzo de dos mil veinticuatro. Proveyendo el escrito de folio 4: Estese al mérito de lo que se resolverá. Vistos: 1.- Que, el artículo 67 N°2 de la Ley N°19.968 establece: “Sólo serán apelables la sentencia definitiva de primera instancia, las resoluciones que ponen término al procedimiento o hacen imposible su continuación, y las que se pronun

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