HERRERA/GONZÁLEZ
Rol
Fecha
25 de marzo de 2024
Materia
PRECARIO, INC. 2º ART. 2.195 C.C
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
VISTO: En cuanto al ROL 28-2024-Civil PRIMERO: Que, se alzó en apelación la parte demandante respecto de la resolución de 17 de enero de 2024, que rola a folio 4 del cuaderno de incidente de nulidad de lo obrado por falta de emplazamiento, que recibió la incidencia a prueba. SEGUNDO: Que, en primer lugar, lo esgrimido por el recurrente excede con creces el conflicto a resolver en la incidencia, sin perjuicio que tampoco se determina la forma de redacción del primer punto. A su vez, el segundo punto propuesto, se encuentra incorporado dentro del ya fijado, por lo que el recurso intentado no puede prosperar. En cuanto al ROL 48-2024-Civil TERCERO: Que, a su vez, la parte demandada recurrió en contra de la resolución de 31 de enero de 2024, que rechazó el incidente de nulidad por falta de emplazamiento. CUARTO: Que, tal como argumentó el juez a quo, la parte incidentista no argumenta ni acredita de modo alguno la forma en que tomó conocimiento del juicio dentro de los primeros cinco días desde que se advierte el vicio, siendo ello suficiente para rechazar la incidencia, de modo tal que la resolución apelada se ajusta a derecho. Y conforme con lo dispuesto en el artículo 186 del Código de Procedimiento Civil, SE CONFIRMAN, las resoluciones apeladas de diecisiete y treinta y uno, ambas del mes de enero de dos mil veinticuatro, que rolan a folio 4 y 11, respectivamente, todas del cuaderno de incidente de nulidad de lo obrado por falta de emplazamiento, pronunciadas en la causa RIT C-3140-2023 del Segundo Juzgado de Letras de Arica. Comuníquese, y archívese en su oportunidad. Rol N° 28-2024-CIV (Ac. 48-2024).
Texto Completo (Preview)
Arica, veinticinco de marzo de dos mil veinticuatro. VISTO: En cuanto al ROL 28-2024-Civil PRIMERO: Que, se alzó en apelación la parte demandante respecto de la resolución de 17 de enero de 2024, que rola a folio 4 del cuaderno de incidente de nulidad de lo obrado por falta de emplazamiento, que recibió la incidencia a prueba. SEGUNDO: Que, en primer lugar, lo esgrimido por el recurrente excede
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