ANONIMIZADO
Rol
Fecha
25 de marzo de 2024
Materia
DIVORCIO POR CESE DE CONVIVENCIA
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
Vistos y teniendo, además, presente: Que no existe ningún antecedente en el proceso relativo a la capacidad económica del demandado, del cual poder desprender las bases para el cálculo de un aumento de la compensación económica ya otorgada; y de conformidad, además, con lo dispuesto en el artículo 67 de la Ley 19.968, se confirma la sentencia apelada de dieciséis de enero del año en curso, dictada en causa RIT C-3017-2023, por el Primer Juzgado de Familia de San Miguel. Regístrese y devuélvase. Nº 212-2024 Fam.
Texto Completo (Preview)
San Miguel, veinticinco de marzo de dos mil veinticuatro. Vistos y teniendo, además, presente: Que no existe ningún antecedente en el proceso relativo a la capacidad económica del demandado, del cual poder desprender las bases para el cálculo de un aumento de la compensación económica ya otorgada; y de conformidad, además, con lo dispuesto en el artículo 67 de la Ley 19.968, se confirma la sentenc
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