SIN INFORMACION

VARGAS/SERVICIO NACIONAL DE MIGRACION

Rol

Fecha

25 de marzo de 2024

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

ACOGE COSA JUZGADA

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Hechos

Vistos: 1°) Que, en la presente causa se deduce recurso de amparo en contra de la resolución 23301146, dictada por el Servicio Nacional de Migraciones, que rechaza la solicitud de residencia del amparado y otorga plazo para el abandono del país. 2°) Que, la recurrida opone la excepción de cosa juzgada, por cuanto alega que la recurrente ya había deducido un recurso de amparo con anterioridad, respecto de la misma resolución y cuyo ingreso es el rol Amparo-232-2023 de esta Corte. 2°) Conforme a la certificación ordenada practicar, consta que ambas causas se deducen en contra de la recurrida, en base a los mismos

Fundamentos

fundamentos y que el ingreso rol N° Amparo-232-2023, se encuentra terminado. Cabe consignar que en esta última causa, si bien en el libelo se individualiza un folio distinto al de la presente, en todo caso, se puede desprender que se recurre contra la misma resolución folio 23301146 del Servicio Nacional de Migraciones. 3°) En este escenario fáctico, es dable advertir que concurren en la especie los elementos de la cosa juzgada planteada por la recurrida, por cuanto se trata de las mismas partes y en contra del mismo acto que dispuso el abandono del recurrente. Por las motivaciones precedentes,

Fallo

se resuelve que se acoge la excepción de cosa juzgada deducida por el Servicio Nacional de Migraciones, razón por la que se pone término al procedimiento incoado en este ingreso. Regístrese y archívese en su oportunidad. N°Amparo-82-2024 (pvb).

Texto Completo (Preview)

C.A. de Temuco Temuco, veinticinco de marzo de dos mil veinticuatro. Vistos: 1°) Que, en la presente causa se deduce recurso de amparo en contra de la resolución 23301146, dictada por el Servicio Nacional de Migraciones, que rechaza la solicitud de residencia del amparado y otorga plazo para el abandono del país. 2°) Que, la recurrida opone la excepción de cosa juzgada, por cuanto alega que la re

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