SIN INFORMACION

ALEXANDRE/SERVICIO NACIONAL DE MIGRACION

Rol

Fecha

25 de marzo de 2024

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Vistos: Primero: Que comparece Elizabeth Cerda Gallino, habilitada en derecho, para interponer acción constitucional de protección en favor de Jean Anise Alexandre, de nacionalidad haitiana, domiciliado en Doce de octubre N°3544, Valledor norte, comuna de Pedro Aguirre Cerda, en contra del Servicio Nacional de Migraciones, representada por su director Luis Eduardo Thayer Correa, por la omisión ilegal y arbitraria consistente en la falta de pronunciamiento de su solicitud de permanencia definitiva, omisión que afecta su derecho a la igualdad ante la ley, consagrado en el artículo 19 N°2 de la Constitución Política de la República. Expone que solicitó su permanencia definitiva el 10 de junio de 2022 y que desde esa fecha no ha recibido respuesta alguna por parte del recurrido. Sostiene que la omisión es arbitraria e ilegal toda vez que a la fecha de interposición del presente recurso ha transcurrido un plazo excesivo sin que la autoridad administrativa se pronunciara sobre la solicitud formulada, actuar que infringe lo dispuesto en los artículos 4, 7, 9 y 27 de la Ley N°19.880. Pide que se acoja el presente recurso, ordenando al recurrido pronunciarse sobre su solicitud, adoptando las providencias que sean necesarias para restablecer el imperio del derecho. Segundo: Que informa al tenor del recurso el servicio recurrido, señalando que mediante Resolución Exenta N°24075846 de 19 de febrero de 2024, se archivó la solicitud que motiva el recurso en aplicación de lo dispuesto en el artículo 50, inciso final, del Reglamento de la Ley N°21.325, por registrar el interesado una medida de abandono vigente en su contra. Tercero: Que el recurso de protección de garantías constitucionales establecido en el artículo 20 de la Constitución Política de la República, constituye una acción de naturaleza cautelar, destinada a amparar el legítimo ejercicio de las garantías y derechos que en esa misma disposición se enumeran, mediante la adopción de medidas de resguardo que se deben tom

Fallo

Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema que rige la materia, se rechaza el recurso de protección deducido en favor de Jean Anise Alexandre, en contra del Servicio Nacional de Migraciones, por haber perdido oportunidad. Regístrese, comuníquese y archívese, en su oportunidad. N°682 - 2024 Protección

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San Miguel, veinticinco de marzo de dos mil veinticuatro Vistos: Primero: Que comparece Elizabeth Cerda Gallino, habilitada en derecho, para interponer acción constitucional de protección en favor de Jean Anise Alexandre, de nacionalidad haitiana, domiciliado en Doce de octubre N°3544, Valledor norte, comuna de Pedro Aguirre Cerda, en contra del Servicio Nacional de Migraciones, representada por s

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