SIN INFORMACION

CORP MUNICIPAL DE EDUCACION Y SALUD DE PIRQUE/SUPERINTENDENCIA DE EDUCACION ESCOLAR

Rol

Fecha

1 de abril de 2024

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

INCOMPETENCIA

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Hechos

Vistos y teniendo presente: 1.- Que, el presente reclamo se interpone por la Corporación de Educación y Salud de Pirque, a fin de impugnar la Resolución Exenta PA 000083 de veinticinco de enero de dos mil veinticuatro, dictada por la Superintendencia de Educación que rechazó la reclamación deducida en contra de la Resolución Exenta N° 2023/PA/13/2239 de veintinueve de agosto del año dos mil veintitrés, que lo sancionó con una multa a beneficio fiscal de 50 UTM. 2.- Que, conforme lo dispone el artículo 85 de la Ley N° 20.529 del Ministerio de Educación, podrán reclamarse las resoluciones del Superintendente de Educación ante la Corte de Apelaciones correspondiente. 3.- Que, en tal sentido, las expresiones legales - Corte de Apelaciones correspondiente -, debe interpretarse en relación con el domicilio del sancionado, en el caso de autos, corresponde a la comuna de Pirque, la cual se ubica en el territorio jurisdiccional de la Corte de Apelaciones de San Miguel. 4.- Que, así las cosas, y atendido lo dispuesto por el artículo 55 letra h) del Código Orgánico de Tribunales, resulta que este asunto ha sido atribuido por ley a la jurisdicción de dicha Corte de Apelaciones. Y atendido lo expuesto y normas legales citadas, se declara que esta Corte de Apelaciones es incompetente para conocer de la reclamación interpuesta a folio N° 1, debiendo remitirse los antecedentes a la Corte de Apelaciones de San Miguel, por interconexión. Hecho, archívese. N°Contencioso Administrativo-132-2024.mst

Fallo

se declara que esta Corte de Apelaciones es incompetente para conocer de la reclamación interpuesta a folio N° 1, debiendo remitirse los antecedentes a la Corte de Apelaciones de San Miguel, por interconexión. Hecho, archívese. N°Contencioso Administrativo-132-2024.mst

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, uno de abril de dos mil veinticuatro. Por ingresado a despacho con esta fecha: Proveyendo al folio N° 1: a todo, estese a lo que se resolverá. Vistos y teniendo presente: 1.- Que, el presente reclamo se interpone por la Corporación de Educación y Salud de Pirque, a fin de impugnar la Resolución Exenta PA 000083 de veinticinco de enero de dos mil veinticuatro, dictada po

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