ANITA JOSEPH / SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES
Rol
Fecha
23 de marzo de 2024
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Vistos: A folio 1, se interpone recurso de amparo en favor de Anita Joseph, de nacionalidad haitiana, en contra del Servicio Nacional de Migraciones, por la dictación de la Resolución Exenta N° 24094151, de fecha 01 de marzo de 2024, que rechazó su solicitud de residencia definitiva y dispuso su abandono del país en un plazo de 10 días, lo que estima conculca su libertad ambulatoria. En cuanto a los hechos, explica que el 22 de febrero de 2022 solicitó la residencia definitiva, que cuenta con estabilidad laboral desde marzo de 2021, con Agrícola Chile S.A., que cuenta con cotizaciones de salud y previsionales desde esa fecha. Indica que el 13 de noviembre de 2023, se le notifica previo rechazo y se le otorgan 10 días para subsanar su presentación. No obstante, se rechazó su presentación, por la resolución que por esta vía se impugna, fundado en: “Que, en virtud de los antecedentes analizados por esta autoridad, el extranjero no cumple suficientemente con los requisitos que lo habilitan para residir en el país, al no remitir la sanción solicitada por la autoridad, por lo que conforme a lo dispuesto en el artículo 88 número 1, de la Ley N° 21.325 es procedente el rechazo de su solicitud de residencia definitiva”. Argumenta que lo resuelto es ilegal, por vulnerar el principio de proporcionalidad y la unificación familiar. Solicita, en definitiva, que se acoja la presente acción y se deje sin efecto la resolución recurrida, revocando la orden de abandono y ordenando a la autoridad recurrida continuar con la tramitación de su solicitud. A folio 4, se evacúa informe por el Servicio Nacional de Migraciones, solicitando el rechazo de la acción. Señala que con fecha 22 de febrero de 2022 la extranjera recurrente solicitó la residencia definitiva, encontrándose vencida su residencia anterior con fecha 4 de junio de 2019, por tanto, postuló encontrándose irregular en el territorio nacional, en virtud de lo cual se cursó la multa correspondiente. Así, con fecha 25 de oct
Fundamentos
considerando: Primero: Que, por la presente vía cautelar, se solicita que se deje sin efecto la Resolución Exenta N° 24094151, de fecha 01 de marzo de 2024, del Servicio Nacional de Migraciones, que rechazó la solicitud de residencia definitiva de la actora y dispuso su abandono del país, fundado en que no cumplió con pagar la multa impuesta como sanción por residencia irregular. Segundo: Que, la recurrente alega que lo resuelto es ilegal por afectar su arraigo social en el país, sin referirse al pago de la multa, pero reconociendo que, previo a la resolución impugnada, fue notificada de encontrarse en causal de previo rechazo. Tercero: Que, de conformidad al artículo 88 N°1 de la Ley N°21.325, deberán rechazarse las solicitudes de residencia que no cumplan los requisitos de cada categoría y subcategoría migratoria fijados en el respectivo decreto. Luego, el artículo 107 del mismo cuerpo legal contempla la sanción de multa de media a 10 unidades tributarias mensuales, para quienes siendo titulares de un permiso de residencia expirado permanezcan en el país por un plazo inferior o igual a 180 días corridos. Por su parte, el artículo 91 de la ley N° 21.325 inciso cuarto, dispone que toda resolución que rechace o revoque un permiso de residencia deberá fijar un plazo al extranjero para que abandone el país. Cuarto: Que, no habiéndose acreditado por la recurrente el pago de la multa impuesta, el rechazo de su residencia definitiva y la consecuencial orden de abandono, se sustentan a la normativa antes señalada; lo que permite concluir que la resolución recurrida fue dictada por autoridad competente y dentro del ámbito de sus atribuciones, lo que descarta un actuar ilegal por parte del Servicio recurrido, por lo que el recurso se desestimará.
Fallo
por tanto, postuló encontrándose irregular en el territorio nacional, en virtud de lo cual se cursó la multa correspondiente. Así, con fecha 25 de octubre de 2023, se le informó que debía pagar la multa por residencia irregular y los derechos de la residencia definitiva, otorgándole un plazo de 60 días para cumplir. No habiendo pagado la multa por residencia irregular, nuevamente el 11 de noviembre de 2023, se le requirió y se le otorgaron 10 días para subsanar. Luego, no habiendo subsanado dentro de plazo su presentación, mediante la resolución que se impugna en autos se rechazó su solicitud, por no acompañar el pago requerido, y se dispuso su abandono del país en 10 días. Agrega que no se ha presentado solicitud administrativa alguna. Respecto a la causal de rechazo, señala que el artículo 88 N°1 de la Ley N°21.325 dispone que deberán rechazarse las solicitudes de residencia que no cumplan los requisitos de cada categoría y subcategoría migratoria fijados en el respectivo decreto, en conformidad con lo establecido en el artículo 70. Por su parte, el artículo 107 del mismo cuerpo legal contempla la sanción de multa de media a 10 unidades tributarias mensuales, para quienes siendo titulares de un permiso de residencia expirado permanezcan en el país por un plazo inferior o igual a 180 días corridos. En cuanto al abandono dispuesto, indica que de conformidad al artículo 91 de la ley N° 21.325 inciso cuarto, toda resolución que rechace o revoque un permiso de residencia deb
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C.A. de Valparaíso Valparaíso, veintitrés de marzo de dos mil veinticuatro. Vistos: A folio 1, se interpone recurso de amparo en favor de Anita Joseph, de nacionalidad haitiana, en contra del Servicio Nacional de Migraciones, por la dictación de la Resolución Exenta N° 24094151, de fecha 01 de marzo de 2024, que rechazó su solicitud de residencia definitiva y dispuso su abandono del país en un pl
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