1º JUZGADO DE LETRAS DE SAN CARLOS

ANONIMIZADO

Rol

Fecha

22 de marzo de 2024

Materia

OTROS PROCEDIMIENTOS MENORES

Resultado

CONFIRMADA

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Hechos

Visto: Atendido el mérito de los antecedentes y lo dispuesto en los artículos 186 y 199 del Código de Procedimiento Civil, se confirma la resolución apelada, de dos de febrero de dos mil veinticuatro. Sin perjuicio de lo resuelto, el tribunal deberá citar a audiencia a todos los intervinientes, incluidos los profesionales del PRM Refugio Esperanza San Carlos, debiendo oír a los NNA, con el objeto de resolver, fundadamente, la mantención de la medida cautelar decretada. Notifíquese. En su oportunidad, devuélvase. N°Familia-45-2024.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Chillán GIP/ Chillan, veintidós de marzo de dos mil veinticuatro. Visto: Atendido el mérito de los antecedentes y lo dispuesto en los artículos 186 y 199 del Código de Procedimiento Civil, se confirma la resolución apelada, de dos de febrero de dos mil veinticuatro. Sin perjuicio de lo resuelto, el tribunal deberá citar a audiencia a todos los intervinientes, incluidos los profesionales de

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