3º JUZGADO DE LETRAS DE PUNTA ARENAS

COOPERATIVA DE AHORRO Y CRÉDITO COOPEUCH,/OYARZO

Rol

Fecha

22 de marzo de 2024

Materia

ARRENDAMIENTO,INDEMNIZACIÓN DE PERJUICIOS

Resultado

REVOCADA

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Hechos

VISTO: El mérito de los antecedentes, estimando esta Corte que lo exigido por el Tribunal a quo, excede la normativa legal aplicable, debido a que los documentos fundantes de la ejecución se encuentran allegados al proceso con firma electrónica avanzada, resultando improcedente requerir su presentación material toda vez que aquellos documentos electrónicos, tienen plena validez en virtud de la ley 19.799 y visto, lo dispuesto en los artículos 186, 227 y 254 del Código de Procedimiento Civil, SE REVOCA, la resolución apelada de veintiocho de diciembre de dos mil veintitrés; y, en su lugar, se resuelve que el señor Juez a quo deberá proveer derechamente la demanda, dando curso progresivo a los autos como en derecho corresponda. Devuélvase. Rol N° 79-2024. Civil.

Fallo

se resuelve que el señor Juez a quo deberá proveer derechamente la demanda, dando curso progresivo a los autos como en derecho corresponda. Devuélvase. Rol N° 79-2024. Civil.

Texto Completo (Preview)

Punta Arenas, veintidós de marzo de dos mil veinticuatro. VISTO: El mérito de los antecedentes, estimando esta Corte que lo exigido por el Tribunal a quo, excede la normativa legal aplicable, debido a que los documentos fundantes de la ejecución se encuentran allegados al proceso con firma electrónica avanzada, resultando improcedente requerir su presentación material toda vez que aquellos docume

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