JUZGADO DE COBRANZA LABORAL Y PREVISIONAL VALPARAI

CÁRCAMO/CAR S.A. (ACUMULADA ROL 567-23 LABORAL -A)

Rol

Fecha

22 de marzo de 2024

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

FALLADA/CONFIRMADA CON DECLARA

Ver en fuente oficial

Hechos

Vistos y oídos: Se reproduce la sentencia en alzada, previa eliminación de sus

Fundamentos

considerandos quinto y décimo. Y se tiene en su lugar y, además, presente: 1° Que, en causa seguida ante el Juzgado de Letras del Trabajo de Valparaíso Rol T-219-2023 se conocen, entre otras acciones, la de justificación del despido de la trabajadora, lo que implica determinar si procede la imputación a las indemnizaciones solicitadas a las sumas correspondientes al aporte del empleador al seguro de cesantía, motivo por el cual no resulta procedente disponer, desde ya, la referida imputación y una liquidación de crédito que se ajuste a ello. En efecto, en cuanto a los aportes del empleador al seguro de cesantía, siendo una materia que está siendo actualmente discutida en el Juzgado de Letras del Trabajo de Valparaíso, mientras no haya una decisión definitiva en dichos autos, no pueden ser los mismos imputados a las indemnizaciones contenidas en el finiquito que se cobra. 2° Que, en relación a los créditos cuya imputación se pretende por el ejecutado, como son aquellos contraídos por la trabajadora, se tendrá en consideración que el empleador cuenta con la correspondiente acción ejecutiva, la que debe ejercerse ante el tribunal competente, conforme a lo dispuesto en la Ley N°18.092, no siendo esta la vía idónea para ello.

Fallo

Por lo expuesto, lo alegado por los intervinientes en estrado y lo previsto en el artículo 476 del Código del Trabajo, se confirma la sentencia apelada de fecha cuatro de julio de dos mil veintitrés, de folio N° 37, con declaración que la nueva liquidación de crédito que debe practicarse en estos autos, no podrá imputar al mismo lo descuentos por créditos adeudados por la ejecutante, ni los aportes del empleador al seguro de cesantía. Regístrese, notifíquese, comuníquese por la vía más expedita y devuélvase. N° Laboral Cobranza-549-2023 y acumulada N° Laboral-Cobranza 567-2023.

Texto Completo (Preview)

Llg C.A. de Valparaíso. ACTA DE AUDIENCIA En Valparaíso, a veintidós de marzo de dos mil veinticuatro, se da inicio a esta audiencia a las 12:16 horas, ante la Segunda Sala de la Iltma. Corte de Apelaciones de Valparaíso, siendo presidida por el Ministro Suplente don Rodrigo Cortés Gutiérrez e integrada por la Fiscal Judicial doña Jacqueline Nash Álvarez y la Abogada Integrante doña Pamela Prado L

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