SIN INFORMACION

GUTIERREZ GARRIDO JUAN CARLOS/CENTRO DE DETENCIÓN PREVENTIVA SANTIAGO SUR

Rol

Fecha

22 de marzo de 2024

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que comparece don Rodrigo Alberto Garrido Cabrera, defensor penal privado, quien deduce acción de amparo en favor del condenado Juan Carlos Gutiérrez Garrido, interno en el CDP Santiago Sur y actualmente internado en el Hospital de Urgencia Asistencia Pública, y en contra de Gendarmería de Chile, por el acto arbitrario e ilegal de no considerar al amparado en las nóminas de candidatos al beneficio de la libertad condicional, pese a cumplir los requisitos previstos para ello en los artículos 2° y 3° del DL N° 321 de 1925. Refiere que el reo se encuentra en calidad de rematado, cumpliendo pena de siete años de presidio mayor en su grado mínimo, como autor de delitos reiterados y consumados de acción sexual distinto de acceso carnal, con dos personas menores de catorce años, acaecidos desde el año 2011 hasta el año 2014, por el Sexto Juzgado de Garantía de Santiago en causa RIT 4903-2016, RUC N° 1401131639, y sentencia condenatoria dictada por el 4° TOP de Santiago, RIT 605-2017, la que inició su cumplimiento el 14 de marzo de 2018 y el término se encuentra previsto el 14 de Marzo de 2025, por lo que lleva cumplido más de dos tercios, en la cual ha mantenido conducta intachable, siendo calificado con el concepto MB o nota 7,0 en los últimos controles bimestrales, con bajo compromiso delictual, con puntaje 47,4 de un total de 171 puntos. Indica que según calendarización del proceso, las nóminas ya han sido remitidas, sin que se le considerara entre quienes serán postulados, sin perjuicio que hasta ahora ni Gendarmería el Tribunal de Conducta han efectuado comunicación o notificación alguna sobre resolución fundada por la que se le excluya de los postulantes. Sostiene que la no inclusión del amparado resulta ilegal y arbitraria, por cuanto constituye una privación del derecho a la libertad individual previsto en el artículo 19 N°7 letra b) de la Constitución, toda vez que a pesar de verificarse los requisitos para que el amparado a

Fallo

Por estas consideraciones y lo dispuesto, además, en el artículo 21 de la Constitución Política de la República, y el Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema que rige la materia, se rechaza la acción constitucional de amparo deducida en favor de Juan Carlos Gutiérrez Garrido, en contra de Gendarmería de Chile. Regístrese, comuníquese y, en su oportunidad, archívese. N°Amparo-698-2024.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, veintidós de marzo de dos mil veinticuatro. Al escrito folio 6: téngase presente. VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que comparece don Rodrigo Alberto Garrido Cabrera, defensor penal privado, quien deduce acción de amparo en favor del condenado Juan Carlos Gutiérrez Garrido, interno en el CDP Santiago Sur y actualmente internado en el Hospital de Urgencia Asistencia

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