ZAMORA/SERVICIO NACIONAL DE MIGRACION
Rol
Fecha
22 de marzo de 2024
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
ACOGIDA
Hechos
Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece el abogado Jorge Lena Salgado, por doña Eidy Yesenia Zamora Angulo de nacionalidad colombiana, domiciliada para en Lo Ovalle Nº150, dpto. 1102, San Miguel, quien recurre de protección en contra del Servicio Nacional de Migraciones, representado por Luis Thayer Correa, domiciliados en San Antonio N°580, Santiago, pues sostiene que se incurrió en una afectación ilegal, arbitraria y lesiva de sus derechos fundamentales consagrados en el artículo 19 N°2 de la Constitución Política de la República, al omitir pronunciarse sobre su solicitud de residencia temporal formulada el 29 de abril de 2023, lo que transgrediría los artículos 6, 7, 8, 9, 14, 24 y 27 de la Ley 19.880. Pide, en definitiva, se ordene al organismo recurrido pronunciarse respecto de la solicitud planteada, con costas. Segundo: Que el Servicio Nacional de Migraciones informa el recurso solicitando su rechazo. Sostiene que la petición de residencia temporal del recurrente fue presentada el 29 de abril de 2023 y que, ésta se encuentra en etapa de “reunificación familiar” desde su presentación. Señala que por el aumento exponencial de los flujos migratorios al país, se configura un caso fortuito o fuerza mayor que, al tenor de lo dispuesto en el artículo 27 de la Ley 19.880, justifica el lapso transcurrido desde que se inició el respectivo procedimiento administrativo para la obtención de permanencia definitiva a que alude el recurso. Solicita el rechazo de la presente acción constitucional de protección en todas sus partes respecto de la extranjera recurrente por no existir acción u omisión ilegal o arbitraria por parte de esta autoridad que prive, perturbe o amenace el legítimo ejercicio de alguno de los derechos enumerados por el artículo 20 de la Constitución Política de la República, así como el rechazo a la condena en costas. Tercero: Que el recurso de protección de garantías constitucionales constituye una acción constitucional de urgencia destinad
Fallo
Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema que rige la materia, se acoge, sin costas, el recurso de protección deducido en favor de doña Eidy Yesenia Zamora Angulo, en contra del Servicio Nacional de Migraciones, sólo en cuanto se dispone que esta repartición deberá emitir pronunciamiento definitivo sobre la solicitud planteada, dentro del plazo de noventa días, contado desde que la sentencia se encuentre ejecutoriada. Regístrese, comuníquese y archívese, en su oportunidad. N°601-2024 Protección.
Texto Completo (Preview)
San Miguel, veintidós de marzo de dos mil veinticuatro. Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece el abogado Jorge Lena Salgado, por doña Eidy Yesenia Zamora Angulo de nacionalidad colombiana, domiciliada para en Lo Ovalle Nº150, dpto. 1102, San Miguel, quien recurre de protección en contra del Servicio Nacional de Migraciones, representado por Luis Thayer Correa, domiciliados en San Ant
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