SIN INFORMACION

LEÓN/ZÚÑIGA. VISTA CONJUNTAMENTE CON INGRESO DE CORTE N°3329-2023 PROTECCION

Rol

Fecha

21 de marzo de 2024

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Vistos y teniendo presente: Primero: Que el 16-9-2023, don Jorge Luis Concha Toloza, domiciliado en Camino el Cerrillos 655, parcela13, lote A, Linderos, comuna de Buin, don José Daniel Miranda Gamboa, domiciliado en Tarsicio Ernoli 028, Maipo, comuna de Buin y don José Luis León Navarrete, domiciliado en San Luis 455 Lote C, Alto Jahuel, comuna de Buin, interponen recurso de protección en contra del Cuerpo de bomberos de Buin, representado por Salvador Antonio Zúñiga Allende, en contra de este último en su calidad de Vicesuperintendente, en contra de don Carlos Peña Romero, Secretario General del referido Cuerpo de Bomberos, en contra de los Consejeros de Disciplina de la Sala Especial creada para este caso, señores Carlos Cabrera Hernández, Alexis Berrios Díaz y Carlos Enrique Alcapido Maureira, y en contra de los miembros Consejeros de Disciplina de la Sala de Apelación creada para este caso, señores Juan Catalán Garrido, Juan Carlos Muñoz Cáceres, Sergio Andrés Urbina Araya y Eduardo Zúñiga Ramírez, todos domiciliados en Arturo Prat 657, comuna de Buin, por el acto que estiman arbitrario e ilegal consistente en sus expulsiones de la institución, lo que vulnera el artículo 19 N°1, 2, 3 y 4, de la Constitución Política de la República. Don Jorge Luis Concha Toloza, explica ser Comandante de la institución electo el 6 de agosto de 2023, para el periodo 2023-2024, mediante voto universal de sus miembros, siendo este cargo la autoridad máxima en el mando operativo del Cuerpo y todas sus compañías, en los servicios y emergencias. Don José Daniel Miranda Gamboa y don José Luis León Navarrete indican ser Consejeros del Tribunal Superior de Disciplina, Sala N° 2, electos en elecciones de compañía y ratificados en sesión de Constitución del Directorio General para el periodo 2023. Añaden que el 28 de marzo de 20223, se notifica a la institución el fallo IC N° 28989- 2022 Protección, de la Cuarta Sala de la Corte de Apelaciones de San Miguel, en que se acoge, sin costas

Fallo

fallo IC N° 28989- 2022 Protección, de la Cuarta Sala de la Corte de Apelaciones de San Miguel, en que se acoge, sin costas, el recurso de protección deducido por el ex Superintendente José Daniel Barría Vega, en contra del H. Tribunal de Disciplina del Cuerpo de Bomberos de Buin, solo en cuanto se dejó sin efecto su expulsión de la institución y se ordenó retrotraer el proceso sancionatorio en su contra a la etapa de descargos, debiendo componerse las salas de fondo y apelación con consejeros no inhabilitados. Exponen que ante la falta de consejeros no inhabilitados para componer las Salas del procedimiento, se reunión el Directorio General, quien autorizó miembros consejeros ni inhabilitados para llevar a cabo nuevamente el procedimiento sancionatorio en contra del señor Barría, siendo ésta su única función según fue acordado, no pudiendo extenderse a otros hechos o personas, porque en ese caso deben operar las salas ordinarias de Consejeros, de acuerdo al artículo 48 de los estatutos. Añaden que, en este contexto, el 16 de agosto de 2023 son notificados de una sanción disciplinaria tomada en dicho procedimiento administrativo, en la que se resuelve expulsarlos de la institución Alegan que nunca fueron notificados de la calidad de investigados o acusados en dicho proceso, atendido el objetivo original del mismo que es investigar al ex Superintendente José Barría Vega, impidiéndoles el ejercicio de su derecho a defensa, ya que no pudieron efectuar descargos ni rendir prueba

Texto Completo (Preview)

San Miguel, veintiuno de marzo de dos mil veinticuatro. Vistos y teniendo presente: Primero: Que el 16-9-2023, don Jorge Luis Concha Toloza, domiciliado en Camino el Cerrillos 655, parcela13, lote A, Linderos, comuna de Buin, don José Daniel Miranda Gamboa, domiciliado en Tarsicio Ernoli 028, Maipo, comuna de Buin y don José Luis León Navarrete, domiciliado en San Luis 455 Lote C, Alto Jahuel, co

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