SIN INFORMACION

NEUMANN/ISAPRE BANMÉDICA S.A.

Rol

Fecha

21 de marzo de 2024

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

Ver en fuente oficial

Hechos

Visto: A folio N°1, el día 27 de diciembre de 2023, comparece RODRIGO PATRICIO NEUMANN DUVAL, e interpone acción de protección en contra de ISAPRE BANMÉDICA S.A., por cuanto aquella ha puesto término de manera unilateral al contrato de salud. Señala que mediante correo electrónico del mismo día, la recurrida le notificó carta según la cual le comunica que: “Mediante la presente, comunicamos a usted nuestra decisión de poner término a su contrato de salud celebrado con Isapre Banmédica, de conformidad con las facultades que nos confiere el artículo N°201 del DFL N°1, de 2005, de Salud”, esto es, por “Impetrar formalmente u obtener indebidamente, para él o para alguno de sus beneficiarios, beneficios que no le correspondan o que sean mayores a los que procedan. Igual sanción se aplicará cuando se beneficie a un tercero ajeno al contrato”, al haber supuestamente presentado 5 licencias médicas sin registro de la consulta médica en la Isapre o de otras prestaciones médicas asociadas al diagnóstico consignado. Además, lo amenazan que podrán perseguir responsabilidades civiles y/o penales por esos hechos. Sostiene que sí existieron consultas médicas, lo cual acreditará con las respectivas boletas de honorarios, por lo que pide se acoja el recurso, revocando el término del contrato con costas. Acompaña: 1. Correo electrónico con fecha 27 de diciembre de 2023. 2. Carta Adjunta al correo electrónico individualizado en el punto anterior. 3. Todas las Boletas de Honorarios electrónicas, con fecha y profesional detallado, que acreditan consulta médica. A folio N°12, el día 29 de enero del año en curso, la recurrida solicita se rechace el recurso por falta de objeto y oportunidad, porque notificados del recurso de protección, y analizados los antecedentes, decidieron mantener vigente el contrato con el afiliado. A folio N°16, la recurrida acompaña certificado de afiliación de fecha 01 de febrero del año en curso, que da cuenta de la afiliación del recurrente a la Isapre. Enc

Fundamentos

considerando: Primero: Que la presente acción cautelar denuncia como ilegal y arbitrario el término unilateral de contrato de salud, por mal uso de beneficios, lo que a su juicio constituiría una afectación a sus derechos. Segundo: Que, en el caso sub lite, la recurrida reconoce que, analizados los antecedentes, decidió mantener vigente el contrato con el afiliado. Tercero: Que, habiéndose acompañado por la recurrida copia de certificado de afiliación de fecha 01 de febrero del año en curso, que da cuenta de la afiliación del recurrente a la Isapre, por lo que la conducta reprochada en autos cesó, la acción efectivamente carece de objeto por haber perdido oportunidad, sin que exista actuación alguna que desplegar por esta Corte en sede cautelar de urgencia. Cuarto: Que, no obstante lo anterior, el mismo recurrido reconoce que la referida solución se vio motivada por la interposición de la acción constitucional de autos, en virtud de la cual estudiaron los antecedentes y decidieron mantener vigente el contrato de salud. Por ello, ha de hacerse expresa mención al hecho que el actor ha debido ocurrir a esta sede jurisdiccional a fin que se le conceda lo pedido, con el consecuente esfuerzo que ello implica, máxime si ha debido hacerlo careciendo de asesoría letrada, a fin que en adelante sea considerado por el recurrido al momento de adoptar sus decisiones en la materia.

Fallo

Por estas consideraciones y atendido lo dispuesto en los artículos 19 y 20 de la Constitución Política de la República; y en el Acta N°94-2015 sobre Tramitación y Fallo del Recurso de Protección de Garantías Constitucionales y sus modificaciones posteriores, se declara: I.- Que se rechaza la acción interpuesta a folio N°1, por RODRIGO PATRICIO NEUMANN DUVAL, en contra de ISAPRE BANMÉDICA S.A., por haber perdido oportunidad. II.- Que cada parte pagará sus costas. Regístrese, comuníquese y archívese en su oportunidad. Rol Protección N° 1494-2023.-

Texto Completo (Preview)

Puerto Montt, veintiuno de marzo de dos mil veinticuatro. Visto: A folio N°1, el día 27 de diciembre de 2023, comparece RODRIGO PATRICIO NEUMANN DUVAL, e interpone acción de protección en contra de ISAPRE BANMÉDICA S.A., por cuanto aquella ha puesto término de manera unilateral al contrato de salud. Señala que mediante correo electrónico del mismo día, la recurrida le notificó carta según la cua

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