AFEP CON VICTOR HERALDO CUEVAS SEGUEL Y OTRO. ROL N° 15.732. JUZGADO DEL CRIMEN DE PUERTO AYSEN
Rol
Fecha
21 de marzo de 2024
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes, lo expuesto por los intervinientes en audiencia,
Fundamentos
considerando que la pena impuesta hace imposible otorgar alguna pena sustitutiva de las establecidas en la Ley N°18.216 y lo dispuesto en los artículos 361 y 363 del Código de Procedimiento Penal, SE CONFIRMA la resolución de fecha catorce de marzo de dos mil veinticuatro, rolante a fojas 6 del cuaderno de medidas cautelares, que no hace lugar a la petición de libertad provisional bajo fianza solicitada. Devuélvase con sus agregados y comuníquese al Tribunal A Quo, por la vía más rápida. N°Penal-496-2024. (cwm) Se deja constancia que se notificó personalmente al Señor Fiscal Judicial, quien no firma por estimarlo innecesario.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Temuco Temuco, veintiuno de marzo de dos mil veinticuatro. A los escritos folios 3 y 4: Téngase presente. Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes, lo expuesto por los intervinientes en audiencia, considerando que la pena impuesta hace imposible otorgar alguna pena sustitutiva de las establecidas en la Ley N°18.216 y lo dispuesto en los artículos 361 y 363 del Código de Procedimiento
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica