DEL CORONA & SCARDIGLI CHILE LIMITADA/EBEMA S.A.
Rol
Fecha
25 de marzo de 2024
Materia
FACTURA, NOTIFICACIÓN DE
Resultado
INADMISIBLE
Hechos
Vistos y teniendo presente: Que, conforme lo dispone el artículo 90 del Código de Procedimiento Civil, las resoluciones que se pronuncien con ocasión de recibirse un incidente a prueba, son inapelables, siendo ésta una norma de carácter especial que prima por sobre las reglas generales, motivo por el cual el presente arbitrio no puede prosperar. Y visto, además, lo dispuesto en el artículo 189 y 213 del Código de Procedimiento Civil, se declara inadmisible el recurso de apelación interpuesto por la parte solicitada el uno de marzo del año en curso (folio N°19) en contra la resolución de veintiséis de febrero del mismo año (folio N°16 - cuaderno incidente nulidad de lo obrado). Devuélvase. N°Civil-4131-2024.mst
Fallo
se declara inadmisible el recurso de apelación interpuesto por la parte solicitada el uno de marzo del año en curso (folio N°19) en contra la resolución de veintiséis de febrero del mismo año (folio N°16 - cuaderno incidente nulidad de lo obrado). Devuélvase. N°Civil-4131-2024.mst
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, veinticinco de marzo de dos mil veinticuatro. Vistos y teniendo presente: Que, conforme lo dispone el artículo 90 del Código de Procedimiento Civil, las resoluciones que se pronuncien con ocasión de recibirse un incidente a prueba, son inapelables, siendo ésta una norma de carácter especial que prima por sobre las reglas generales, motivo por el cual el presente arbitri
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