JUZGADO DE GARANTIA DE VILLA ALEMANA

MP C/ CRISTOBAL ALEJANDRO ANABALÓN TRUYOL

Rol

Fecha

21 de marzo de 2024

Materia

HOMICIDIO CALIFICADO. ART. 391 Nº 1.

Resultado

REVOCADA

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Hechos

Visto y oído: Atendido el mérito de los antecedentes, lo expuesto por los intervinientes en estrados y teniendo presente, que de acuerdo al diagnóstico y tratamiento del imputado, no se ha acreditado la peligrosidad que exige el artículo 464 del Código Procesal Penal para decretar la internación provisional, lo que hace estimar a esta Corte que una o más de las medidas cautelares del artículo 155 del Código Procesal Penal, son suficientes para asegurar los fines del procedimiento y resguardar la seguridad de la víctima, se revoca la resolución apelada de diecisiete de marzo de dos mil veinticuatro, dictada por el Juzgado de Garantía de Villa Alemana, que decretó la internación provisional en el Complejo Penitenciario de Valparaíso de CRISTÓBAL ALEJANDRO ANABALÓN TRUYOL y, en su lugar, se declara que se la deja sin efecto, debiendo el tribunal fijar audiencia inmediata para la discusión de las referidas medidas. Se da orden de libertad inmediata en favor del imputado CRISTÓBAL ALEJANDRO ANABALÓN TRUYOL, si no estuviere privado de ella, por otra causa. Notifíquese por la vía más expedita y devuélvase. N° Penal-852-2024.

Fallo

se declara que se la deja sin efecto, debiendo el tribunal fijar audiencia inmediata para la discusión de las referidas medidas. Se da orden de libertad inmediata en favor del imputado CRISTÓBAL ALEJANDRO ANABALÓN TRUYOL, si no estuviere privado de ella, por otra causa. Notifíquese por la vía más expedita y devuélvase. N° Penal-852-2024.

Texto Completo (Preview)

Llg C.A. de Valparaíso. ACTA DE AUDIENCIA En Valparaíso, a veintiuno de marzo de dos mil veinticuatro, se da inicio a esta audiencia a las 09:52 horas, ante la Segunda Sala de la Iltma. Corte de Apelaciones de Valparaíso, siendo presidida por el Ministro Suplente don Rodrigo Cortés Gutiérrez e integrada por la Fiscal Judicial doña Nel Greeven Bobadilla y la Abogada Integrante doña Pamela Prado Lóp

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