JUZGADO DE LETRAS DEL TRABAJO DE TALCA

GONZÁLEZ/SERVICIO DE GOBIERNO INTERIOR MINISTERIO DEL INTERIOR Y SEGURIDAD PÚBLICA

Rol

Fecha

20 de marzo de 2024

Materia

ART. 2 CT. SOBRE ACTOS DE DISCRIMINACIÓN

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

VISTO Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: Primero: Que por sentencia de 13 de junio de 2023, dictada en la causa Rit T-54-2022 del Juzgado de Letras de esta ciudad, se rechazó la demanda de reconocimiento de relación laboral deducida por Raúl Humberto González González en contra del Servicio de Gobierno Interior, Ministerio del Interior y Seguridad Pública y, consecuencialmente, no se accedió a lo demás demandado por esta vía, con costas, regulándose las personales en la suma de $ 500.000. Segundo: Que una vez establecidos los hechos de la causa, el juez a quo concluyó que el actor prestó servicios para la demanda en virtud de contratos a honorarios, tratándose de un vínculo de carácter civil, enmarcado en el artículo 11 del Estatuto Administrativo, y no de un contrato de trabajo regulado por el Código del Trabajo. Tercero: Que la demandante interpuso recurso de nulidad para que se invalide el

Fallo

fallo y se pronuncie uno de reemplazo que acoja la demanda en todas sus partes, con costas. Se funda en la causal del artículo 477 del Código del Trabajo, por infracción a los artículos 7, 8 y 9 del Código del Trabajo. Sostiene que yerra el sentenciador al atender a la mera formalidad de los contratos, pues de los hechos reconocidos se evidencia que existió una relación continua e ininterrumpida y las funciones que desempeñó la demandante fueron las mismas durante toda la relación; concurren así los elementos propios de la relación laboral que se desprenden del mérito de la causa; y lo resuelto afecta el principio rector o “alma” del derecho laboral que es el principio de la primacía de la realidad Alega que ello influye en lo decisorio y cambia la calificación jurídica de la relación habida entre las partes, en desmedro de la parte más débil de la relación contractual, que es objeto de protección y que, no obstante, queda en la indefensión. Cuarto: Que esta Corte comparte las razones tenidas en cuenta por el tribunal de origen para rechazar la demanda, contenidas, especialmente, en los considerandos siguientes: *séptimo, referido a la prestación de servicios a honorarios, artículo 11 del Estatuto Administrativo, frente al contrato de trabajo del Código del Trabajo; *octavo: análisis de las labores desarrolladas por el actor, relacionadas con la contingencia; *noveno: prestación de servicios precisos y particulares para los fines que indica, dentro del ámbito estatutario, en

Texto Completo (Preview)

Talca, veinte de marzo de dos mil veinticuatro. VISTO Y CONSIDERANDO: Primero: Que por sentencia de 13 de junio de 2023, dictada en la causa Rit T-54-2022 del Juzgado de Letras de esta ciudad, se rechazó la demanda de reconocimiento de relación laboral deducida por Raúl Humberto González González en contra del Servicio de Gobierno Interior, Ministerio del Interior y Seguridad Pública y, consecuen

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