BRACHO/SERVICIO NACIONAL DE MIGRACION
Rol
Fecha
20 de marzo de 2024
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Vistos y teniendo presente: Primero: Que doña Nicole Chávez Silva, abogada de la Fundación Servicio Jesuita a Migrantes, en representación de Sindy Bracho Hernández, de nacionalidad venezolana, domiciliada en calle Varas Mena N°1080, departamento 1712, Torre B, comuna de San Miguel, interpone recurso de reclamación del artículo 141 de la Ley N°21.325, en contra del Servicio Nacional de Migraciones, como consecuencia de la dictación de la Resolución Exenta N°4.173, de 27 de noviembre de 2020, de la Intendencia Regional de Tarapacá, notificada el 12 de febrero de 2024, que ordenó la expulsión de la reclamante del territorio nacional. Indica que su representada es oriunda del Estado de Zulia, Venezuela, donde residía con sus padres, su hija y trabajaba como enfermera. Refiere que debió abandonar su país debido a acciones de persecución política por parte de simpatizantes del Gobierno de Venezuela, dado su carácter de opositora al mismo. Explica que debió hacer abandono de Venezuela junto a su hija, que ingresó a Chile el 15 de octubre de 2020 por paso no habilitado, que realizó su autodenuncia en dependencias de Policía de Investigaciones de Chile el día 18 del mismo mes, y que en el país fueron recibidos por su hermana y unos primos, quienes residen en forma regular desde hace un tiempo. Manifiesta que el 30 de noviembre de 2023 realizó el proceso de empadronamiento, y que al finalizar dicho procedimiento le informan que existe una orden de expulsión en su contra y que la citarían para notificarle la resolución. Refiere que el 12 de febrero de 2024 acude voluntariamente a consultar por su situación, siendo notificada de la resolución que decreta su expulsión. Sostiene que la medida adoptada resulta desproporcionada, por cuanto no considera el arraigo de la reclamante en el país, sus legítimas expectativas laborales y económicas, así como la circunstancia de residir su grupo familiar, incluyendo su hija menor de edad, en el país. Argumenta que la resolución que or
Texto Completo (Preview)
Certifico que se anunció y alegó en contra del reclamo el abogado don Miguel Araneda Neira. San Miguel, a 20 de marzo de 2014, Sebastián Vergara de la Rivera, relator San Miguel, veinte de marzo de dos mil veinticuatro. Al escrito folio N°9: a lo principal y otrosí, téngase presente. Vistos y teniendo presente: Primero: Que doña Nicole Chávez Silva, abogada de la Fundación Servicio Jesuita a Migr
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