SIN INFORMACION

MERRILUS/SERVICIO NACIONAL DE MIGRACION

Rol

Fecha

20 de marzo de 2024

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Vistos y teniendo presente: Primero: Que don Silfranc Merrilus, ciudadano haitiano, domiciliado en Pasaje Siete N°76, comuna de Paine, interpone recurso de protección en contra del Servicio Nacional de Migraciones, representado por don Luis Thayer Correa, domiciliados en San Antonio N°580, Santiago, pues sostiene que se incurrió en una afectación ilegal, arbitraria y lesiva de sus derechos fundamentales consagrados en el artículo 19 N°2 de la Constitución Política de la República, al omitir pronunciarse sobre su solicitud de permanencia definitiva formulada el 20 de julio de 2020, lo que transgrediría los artículos 6, 7, 8, 9, 14, 24 y 27 de la Ley N°19.880. Pide, en definitiva, se ordene al organismo recurrido pronunciarse respecto de la solicitud planteada, con costas. Segundo: Que el Servicio Nacional de Migraciones, evacúa su informe solicitando el rechazo de la acción intentada por haber perdido oportunidad y eficacia. Indica que el 20 de julio de 2020, el recurrente solicitó la permanencia definitiva en el país; y que, por Resolución Exenta N°240587425, de 6 de febrero de 2024, se rechazó su solicitud, por no cumplir con los requisitos para su otorgamiento, dado que no acompañó el certificado de antecedentes penales en su país de origen debidamente legalizado o apostillado, ni efectúo el pago de la multa por residencia irregular. Tercero: Que el recurso de protección de garantías constitucionales establecido en el artículo 20 de la Constitución Política de la República, constituye una acción de naturaleza cautelar, destinada a amparar el legítimo ejercicio de las garantías y derechos que en esa misma disposición se enumeran, mediante la adopción de medidas de resguardo que se deben tomar ante un acto u omisión arbitrario o ilegal que lo prive, perturbe o amenace. Cuarto: Que, del mérito del proceso, consta que mediante Resolución Exenta N°240587425, de 6 de febrero de 2024, fue rechazada la solicitud de permanencia definitiva del recurrente, poniendo térm

Fallo

Por estas consideraciones y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y el Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema que rige la materia, se rechaza, sin costas, el recurso de protección deducido a favor de Silfranc Merrilus, en contra del Servicio Nacional de Migraciones, por haber perdido oportunidad. Regístrese, comuníquese y archívese, en su oportunidad. N°322-2024 Protección

Texto Completo (Preview)

San Miguel, veinte de marzo de dos mil veinticuatro. Vistos y teniendo presente: Primero: Que don Silfranc Merrilus, ciudadano haitiano, domiciliado en Pasaje Siete N°76, comuna de Paine, interpone recurso de protección en contra del Servicio Nacional de Migraciones, representado por don Luis Thayer Correa, domiciliados en San Antonio N°580, Santiago, pues sostiene que se incurrió en una afectaci

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