SOCIEDAD DE SERVICIOS DE CAPACITACION Y EDUCACION TECNICO PROFESIONAL LIMITADA /SECRETARIA REGIONAL MINISTERIAL DE EDUCACION DE MAULE SECRETARIA REGIONAL MINISTERIAL DE EDUCACION DE MAULE
Rol
Fecha
26 de marzo de 2024
Materia
CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO LICITATORIO
Resultado
INADMISIBLE
Hechos
Vistos y teniendo presente: 1°. Se ha elevado a esta Corte un recurso de apelación en contra de una resolución que acoge un incidente de abandono del procedimiento. 2°. Conforme lo dispuesto en el artículo 26 de la Ley N°19.886, en materia recursiva, tan solo procede el recurso de reclamación en contra de la sentencia definitiva que se dicte en el procedimiento especial que se regula en dicho cuerpo normativo, naturaleza jurídica que no comparte la resolución impugnada ni tampoco el arbitrio impugnatorio que es deducido. 3°. Con todo, aun cuando reciban aplicación supletoria reglas procesales del Código de Procedimiento Civil, las mismas no pueden ir en contradicción de lo que establece el cuerpo normativo especial. En consecuencia, se declara inadmisible el recurso de apelación interpuesto por el actor con fecha cuatro de marzo de dos mil veinticuatro, en contra de la resolución de veintisiete de febrero del mismo año. Regístrese y devuélvase. N° Contencioso Administrativo-184-2024. Pronunciada por la Sala Tramitadora de esta Corte de Apelaciones de Santiago, presidida por el Ministro señor Jorge Luis Zepeda Arancibia, e integrada por el Ministro señor Alejandro Rivera Muñoz y el abogado integrante señor Jorge Gómez Oyarzo.
Fallo
se declara inadmisible el recurso de apelación interpuesto por el actor con fecha cuatro de marzo de dos mil veinticuatro, en contra de la resolución de veintisiete de febrero del mismo año. Regístrese y devuélvase. N° Contencioso Administrativo-184-2024. Pronunciada por la Sala Tramitadora de esta Corte de Apelaciones de Santiago, presidida por el Ministro señor Jorge Luis Zepeda Arancibia, e integrada por el Ministro señor Alejandro Rivera Muñoz y el abogado integrante señor Jorge Gómez Oyarzo.
Texto Completo (Preview)
gail C.A Santiago. Santiago, veintiseis de marzo de dos mil veinticuatro. Al folio 2; aténgase a lo que se resolverá. Vistos y teniendo presente: 1°. Se ha elevado a esta Corte un recurso de apelación en contra de una resolución que acoge un incidente de abandono del procedimiento. 2°. Conforme lo dispuesto en el artículo 26 de la Ley N°19.886, en materia recursiva, tan solo procede el recurso
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