2º JUZGADO CIVIL DE SAN MIGUEL

BANCO SANTANDER-CHILE S.A. (ANDRES MAINO BENITEZ) CON SEGUNDO JUZGADO CIVIL DE SAN MIGUEL

Rol

Fecha

19 de marzo de 2024

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

ACOGIDA

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Hechos

Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece el abogado Andrés Maino Benítez, en representación del ejecutante banco Santander Chile, quien interpone recurso de hecho en contra de la resolución de 6 de febrero de 2024, dictada por el Segundo Juzgado Civil de San Miguel, en causa ROL 7580-2023, que no concedió la apelación subsidiaria que dedujo en contra de la de 30 de enero pasado que, a su vez, negó lugar a la solicitud de su parte en cuanto a tener presente un bien inmueble del ejecutado para la traba del embargo, por exceder el avalúo la propiedad la cuantía demandada. Explica que la cuantía de la deuda es de $6.815.686.-, por lo que estima difícil que aquella sea cubierta con el embargo y posterior realización de bienes muebles o menaje, además, se desconoce la existencia de otros bienes de propiedad del deudor. Añade que, respecto del bien inmueble señalado, existen dos hipotecas en favor de su representada, siendo una de ellas con cláusula de garantía general. Sin embargo, el tribunal rechazó su solicitud por lo que dedujo reposición con apelación en subsidio, pero la reposición fue rechazada y no se concedió la apelación subsidiaria, atendida la naturaleza de la resolución impugnada de conformidad al artículo 188 del Código de Procedimiento Civil. Esgrime que la resolución es apelable, puesto que el tribunal alteró la substanciación regular del proceso y además le impuso la realización de un trámite que no está ordenado en la ley, en cuanto a buscar otros bienes inexistentes y/o desconocidos para el acreedor. Pide que se acoja el recurso de hecho y se conceda el mismo, con costas. Segundo: Que informa al tenor del recurso Carmen Gloria Escanilla Pérez, Jueza del 2° Juzgado Civil de San Miguel, quien expone, luego de hacer un resumen de la causa, que lo alegado por el recurrente es impertinente para estos efectos, pues agrega circunstancias de hecho que no se enmarcan en ninguna de las hipótesis del artículo 188 del Código de Procedimiento Civil.

Fallo

se declara que el recurso de apelación interpuesto en contra de la resolución de 30 de enero pasado, es admisible, el que se concede en el solo efecto devolutivo, debiendo el tribunal elevar los antecedentes a esta Corte para su conocimiento y resolución. Se previene que el señor ministro Roberto Contreras comparte la decisión, teniendo únicamente presente la existencia de una hipoteca con cláusula general que grava el inmueble, en favor del banco ejecutante. Regístrese, comuníquese y archívese en su oportunidad. N°297-2024 Civil (hecho)

Texto Completo (Preview)

San Miguel, diecinueve de marzo de dos mil veinticuatro. Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece el abogado Andrés Maino Benítez, en representación del ejecutante banco Santander Chile, quien interpone recurso de hecho en contra de la resolución de 6 de febrero de 2024, dictada por el Segundo Juzgado Civil de San Miguel, en causa ROL 7580-2023, que no concedió la apelación subsidiaria

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