MP C/ VICTOR RODRIGO SOTO SOTO
Rol
Fecha
19 de marzo de 2024
Materia
LESIONES MENOS GRAVES. ART. 399.
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
VISTOS: Atendido el mérito de los antecedentes expuestos por los intervinientes en audiencia, esta Corte, por unanimidad de los integrantes de esta Sala, estima que se encuentran suficientemente justificados los presupuestos materiales contemplados en las letras a) y b) del artículo 140 del Código Procesal Penal, esto es, la existencia de los delitos por los cuales se ha formalizado la investigación, esto es, lesiones menos graves en contexto de violencia intrafamiliar y maltrato de obra a Carabineros de Chile, en que, si bien la defensa esgrime hechos distintos respecto de los delitos investigados, las circunstancias fácticas de la comisión de los mismos, tanto del espacio temporal en que se ejecutan como la presencia de los funcionarios de Carabineros, dan cuenta de la apariencia de buen derecho respecto de lo expuesto por la representante del ente persecutor en estrados, y la participación punible que se les atribuyó al imputado por parte del ente persecutor, esto es, autor. En cuanto a la necesidad de cautela, requisito contemplado en la letra c) de la norma y cuerpo legal citado precedentemente, se tendrá especialmente presente lo expresado por la abogada asesora del Ministerio Público, esto es, las múltiples condenas respecto del imputado por el delito de amenazas y lesiones en contexto de violencia intrafamiliar, varias de ellas respecto de la misma víctima de esta causa, lo que muestra una conducta sistemática de violencia de género y por último, en cuanto a la retractación de la víctima, estiman estos sentenciadores que dicha actitud forma precisamente parte del círculo de la violencia intrafamiliar, sobre todo si existe dependencia económica entre víctima y victimario, siendo la medida cautelar debatida, necesaria, proporcional e idónea a los fines del procedimiento. Por todo lo expuesto, SE CONFIRMA la resolución de fecha diez de marzo del año dos mil veinticuatro dictada por la Jueza doña Ruth Isabel Martínez Velásquez del Juzgado de Garantía de Temuco
Texto Completo (Preview)
C.A. de Temuco Temuco, diecinueve de marzo de dos mil veinticuatro. Al folio N° 4 y N° 5: Téngase presente. Al folio N° 6: A lo principal y al otrosí: Téngase presente. VISTOS: Atendido el mérito de los antecedentes expuestos por los intervinientes en audiencia, esta Corte, por unanimidad de los integrantes de esta Sala, estima que se encuentran suficientemente justificados los presupuestos mat
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