JUZGADO DE GARANTIA DE LOS ANGELES

MINISTERIO PUBLICO C/ RODRIGO DEMIAN ANDRES PAVEZ MAUREIRA

Rol

Fecha

16 de marzo de 2024

Materia

POSESION O TENENCIA DE ARMAS PROHIBIDAS

Resultado

CONFIRMADA

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Hechos

Visto y oídos: 1°) Que, por resolución dictada en audiencia de 14 de marzo pasado, se ha dispuesto la medida cautelar contemplada en la letra b) del artículo 155 del Código Procesal Penal consistente en la sujeción a la vigilancia de la misión evangélica San Pablo de la comuna de Los Ángeles, para el imputado adolescente RODRIGO DEMIAN ANDRÉS PAVEZ MAUREIRA quien ha sido formalizado por el delito establecido en el artículo 13 en relación al artículo tercero Ley 17.798. 2°) Que para la decisión referente a la necesidad de cautela es preciso considerar que el delito por el cual fue formalizado el adolescente no tiene asignada una pena de crimen, por lo que conforme lo establece el artículo 32 de la Ley 20.084, no resulta procedente la aplicación de la internación provisoria. Asimismo, cabe considerar que se trata de un adolescente de 15 años, sin antecedentes y que cuenta con apoyo familiar. Y de conformidad a lo dispuesto en los artículos 139, 140 del Código Procesal Penal, 33 y 47 de la Ley 20.084, SE CONFIRMA la resolución dictada en audiencia de catorce de marzo pasado, por el Juzgado de Garantía de Los Ángeles que dispuso la medida cautelar contemplada en la letra b) del artículo 155 del Código Procesal Penal, para el imputado adolescente RODRIGO DEMIAN ANDRÉS PAVEZ MAUREIRA. Comuníquese lo resuelto al tribunal a quo, por la vía más expedita. Los intervinientes quedan notificados de la presente resolución en forma personal, por estar presentes en la audiencia por videoconferencia, sin perjuicio de ello se dispone su notificación por el estado diario. N°Penal-338-2024.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Concepción HGV/rtp Concepción, dieciséis de marzo de dos mil veinticuatro. Visto y oídos: 1°) Que, por resolución dictada en audiencia de 14 de marzo pasado, se ha dispuesto la medida cautelar contemplada en la letra b) del artículo 155 del Código Procesal Penal consistente en la sujeción a la vigilancia de la misión evangélica San Pablo de la comuna de Los Ángeles, para el imputado adole

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