KARIN NOEMI HEIN MOLINA C/ JUAN CLAUDIO HERNANDEZ HARO
Rol
Fecha
15 de marzo de 2024
Materia
USURPAR U OCUPAR INMUEBLE SIN VIOLENCIA Y SIN DAÑOS ART. 458
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
Visto: El mérito de los antecedentes y lo expuesto por los intervinientes en esta audiencia, teniendo presente que existen elementos suficientes para estimar concurrentes los requisitos del artículo 157 TER del Código Procesal Penal, esto es, la respectiva inscripción del inmueble y antecedentes de la ocupación, teniendo además en consideración que propio imputado reconoce aquella, sin perjuicio de discutir el porcentaje del inmueble afectado; se confirma la resolución en alzada de fecha veintinueve de noviembre de dos mil veintitrés, dictada por don Francisco Almonacid Faúndez, Juez del Juzgado de Garantía de Puerto Montt, que dispuso la medida cautelar de desalojo, con auxilio de la fuerza pública, de todos aquellos ocupantes de la porción de terreno que está amparada por la inscripción de dominio de foja 2563 vuelta, N° 3869 del registro de propiedad del año 2021 del Conservador de Bienes Raíces de Puerto Montt: sector Angelmó correspondiente al Lote 1-D de la comuna de Puerto Montt, respecto del imputado JUAN CLAUDIO HERNÁNDEZ HARO, en los términos dispuestos en la audiencia referida. Devuélvase. No firma el Abogado Integrante don Mauricio Cárdenas García, quien concurrió a la vista y acuerdo, por encontrarse ausente. Rol Penal 1332-2023.-
Texto Completo (Preview)
Puerto Montt, quince de marzo de dos mil veinticuatro. Visto: El mérito de los antecedentes y lo expuesto por los intervinientes en esta audiencia, teniendo presente que existen elementos suficientes para estimar concurrentes los requisitos del artículo 157 TER del Código Procesal Penal, esto es, la respectiva inscripción del inmueble y antecedentes de la ocupación, teniendo además en consideraci
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