HERNÁNDEZ/FISCO DE CHILE/CDE PUNTA ARENAS (LTE)
Rol
Fecha
15 de marzo de 2024
Materia
HACIENDA,PROCED.CUANTÍA SUPERIOR ART.. 749 C.P.C
Resultado
CONFIRMA CON DECLARACIÓN
Hechos
Vistos: Se reproduce la sentencia en alzada con excepción del motivo 17°, que se elimina. Y teniendo en su lugar y, además, presente: Que la suma a la que fue condenada la demandada, lo será incrementada con los reajustes que se devenguen, de acuerdo a la variación que experimente el Índice de Precios al Consumidor, a contar de que este fallo se encuentre ejecutoriado hasta su pago efectivo y con los intereses corrientes para operaciones reajustables desde que la demandada incurra en mora. Y de acuerdo a lo previsto en el artículo 2314 del Código Civil y artículo 186 del Código de Procedimiento Civil, se resuelve: Que se confirma la sentencia apelada de once de agosto de dos mil veintitrés, dictada por el 3° Juzgado Civil de Santiago, en causa Rol N° C-9324-2022, con declaración que la suma indemnizatoria devengará intereses corrientes para operaciones reajustables desde que la demandada incurra en mora. Se previene que la Ministra señora Marisol Rojas Moya concurre al rechazo de la excepción de prescripción extintiva de la acción indemnizatoria alegada por el Fisco, teniendo presente que si bien es cierto considera que esta acción es prescriptible por cuanto resultan plenamente aplicables las normas del Código Civil, especialmente los artículos 2497 y 2332; sin embargo, de acuerdo a lo previsto en el artículo 2494 del citado Código, la prescripción ha sido renunciada expresamente por la demandada, al contestar la demanda ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos, en el contexto de la causa “Órdenes Guerra con Estado de Chile”, por lo que en concepto de quien previene, resulta improcedente que existiendo este reconocimiento Internacional, continúe ante los Tribunales de la República, argumentando en su defensa, entre otros, la excepción en comento. Regístrese y comuníquese. N°Civil-15553-2023.
Fallo
fallo se encuentre ejecutoriado hasta su pago efectivo y con los intereses corrientes para operaciones reajustables desde que la demandada incurra en mora. Y de acuerdo a lo previsto en el artículo 2314 del Código Civil y artículo 186 del Código de Procedimiento Civil, se resuelve: Que se confirma la sentencia apelada de once de agosto de dos mil veintitrés, dictada por el 3° Juzgado Civil de Santiago, en causa Rol N° C-9324-2022, con declaración que la suma indemnizatoria devengará intereses corrientes para operaciones reajustables desde que la demandada incurra en mora. Se previene que la Ministra señora Marisol Rojas Moya concurre al rechazo de la excepción de prescripción extintiva de la acción indemnizatoria alegada por el Fisco, teniendo presente que si bien es cierto considera que esta acción es prescriptible por cuanto resultan plenamente aplicables las normas del Código Civil, especialmente los artículos 2497 y 2332; sin embargo, de acuerdo a lo previsto en el artículo 2494 del citado Código, la prescripción ha sido renunciada expresamente por la demandada, al contestar la demanda ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos, en el contexto de la causa “Órdenes Guerra con Estado de Chile”, por lo que en concepto de quien previene, resulta improcedente que existiendo este reconocimiento Internacional, continúe ante los Tribunales de la República, argumentando en su defensa, entre otros, la excepción en comento. Regístrese y comuníquese. N°Civil-15553-2023.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, quince de marzo de dos mil veinticuatro. A los folios N° 15 y 16: a todo, téngase presente. Vistos: Se reproduce la sentencia en alzada con excepción del motivo 17°, que se elimina. Y teniendo en su lugar y, además, presente: Que la suma a la que fue condenada la demandada, lo será incrementada con los reajustes que se devenguen, de acuerdo a la variación que experiment
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