CUADRA/COMISION MÉDICA DE CARABINEROS
Rol
Fecha
15 de marzo de 2024
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que, comparece Maycol Antonio Cuadra Saavedra, empleado público, e interpone recurso de protección en contra de la Comisión Médica Central de Carabineros, por el acto que estima ilegal y arbitrario, consistente en la dictación de la Resolución Exenta N° 2352 de 8 de agosto de 2023, que declaró la imposibilidad física del recurrente, vulnerando con ello la garantía fundamental de igualdad la ley, consagrada en el numeral 2 del artículo 19 de la Constitución Política de la República. Refiere, en síntesis, que ingresó a Carabineros de Chile el 16 de junio de 2017, contando a la fecha de baja de las filas de la institución con 6 años de servicios efectivos. Precisa que, al momento de su incorporación, no contaba con enfermedades o patologías de base, relacionadas con trastornos mentales o de personalidad, sin embargo, el 10 de agosto de 2023 se le notificó el contenido íntegro de la resolución que impugna por esta vía, que en lo pertinente, señala: “DECLÁRASE por unanimidad la IMPOSIBILIDAD FÍSICA del actual Carabinero MAYCOL ANTONIO CUADRA SAAVEDRA (Carpeta de Antecedentes R.U.T. N° 19.676.968-4), de dotación de la 2° Comisaría, dependiente de la Prefectura de Carabineros Talcahuano, por padecer de “TRASTORNO DE PERSONALIDAD”; “TRASTORNO DE ADAPTACIÓN CRONIFICADO”, patología (s) de origen común, psiquiátrica (s), de pronóstico incurable y no invalidante (s), que lo imposibilita(n) absolutamente para desempeñarse en Carabineros de Chile. PROPÓNESE el retiro absoluto de dicho servidor de Carabineros de Chile, por contraer enfermedad declarada incurable y que lo imposibilita absolutamente para permanecer en sus filas, atendido el estado irrecuperable para el servicio”. Expresa que su diagnóstico, de trastorno de adaptación cronificado, fue provocado por el escaso apoyo institucional en relación al acoso laboral que ha sufrido, lo que se corrobora por un informe de un psiquiatra particular que declara que se encuentra en pleno uso de
Fundamentos
fundamentos detallados y pormenorizados contenidos en la Resolución Exenta Nº 2353, de 8 de agosto de 2023 de la Comisión Médica Central de Carabineros, no se advierte por esta Corte que el acto impugnado sea ilegal y arbitrario como lo alega el recurrente, pues se ha dictado de acuerdo con sus facultades exclusivas y excluyentes, no siendo factible que esta Corte proceda a revisar lo actuado, en cuanto a la calificación del estado de salud del recurrente, y por disposición expresa del Decreto N°4, de 1988, Reglamento de las Comisiones Médicas de Carabineros, en sus artículos 2, 10 y 11, ya indicados en el basamento quinto. OCTAVO: Que, por otra parte, consta de los mismos antecedentes acompañados, que con fecha 10 de agosto de 2023, la Prefectura de Talcahuano dictó la Resolución Exenta N°406, que dispuso el retiro absoluto del recurrente; de modo que, además, el recurso en estudio ha perdido oportunidad, pues el acto que se reclama ha servido de fundamento para la dictación del referido acto terminal. NOVENO: Que, por último, atendido que la naturaleza de esta acción cautelar requiere que el derecho que se estima amagado y cuya protección se reclama, debe tener el carácter de indubitado, lo que, en la especie, no concurre, pues se pretende por esta vía que esta Corte deje sin efecto la Resolución tantas veces referidas, lo que, para su procedencia, requeriría la existencia de un juicio de la misma naturaleza, lo que excede, de este modo, el ámbito de esta especial acción constitucional.
Fallo
Por estas consideraciones, y lo establecido en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y del Auto Acordado que regula la materia, se declara que se rechaza, sin costas, el recurso de protección deducido por don Maycol Antonio Cuadra Saavedra en contra de la Comisión Médica Central de Carabineros de Chile. Regístrese, notifíquese y archívese. N°Protección-14589-2023.
Texto Completo (Preview)
Santiago, quince de marzo de dos mil veinticuatro. Al folio N° 19: téngase presente. VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que, comparece Maycol Antonio Cuadra Saavedra, empleado público, e interpone recurso de protección en contra de la Comisión Médica Central de Carabineros, por el acto que estima ilegal y arbitrario, consistente en la dictación de la Resolución Exenta N° 2352 de 8 de agosto de
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