JUZGADO DE LETRAS Y GARANTIA DE COELEMU

MINISTERIO PUBLICO / ALEX RODRIGO COFRE ECHEVERRIA

Rol

Fecha

15 de marzo de 2024

Materia

RECEPTACION. ART. 456 BIS

Resultado

REVOCADA

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Hechos

Visto 1°.- Que conforme al mérito de los antecedentes que constan en la carpeta digital, y aquellos expuestos por los intervinientes en estrados, la participación del imputado se encuentra suficientemente acreditada con el estándar requerido en esta etapa procesal. 2°.- Que en atención al número y gravedad de delitos por los cuales se ha formalizado al imputado, se concluye que la única medida cautelar que asegura suficientemente los fines del procedimiento, es la prisión preventiva. Y visto además, lo dispuesto en los artículos 140, 358 y 360 del mismo Código, se revoca la resolución apelada, de catorce de marzo del año en curso, y en su lugar se decreta la medida cautelar de prisión preventiva contra el imputado Alex Rodrigo Cofré Echeverría. Acordada con el voto en contra de la Ministra Sra. Gallardo, quien, fue del parecer de confirmar la resolución en alzada teniendo para ello especialmente en consideración la condición de salud del imputado. Téngase por notificados a los intervinientes, sin perjuicio de su notificación por el estado diario. Comuníquese y devuélvase inmediatamente. N°Penal-191-2024.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Chillán Cff/rsp Chillán, quince de marzo de dos mil veinticuatro. Visto 1°.- Que conforme al mérito de los antecedentes que constan en la carpeta digital, y aquellos expuestos por los intervinientes en estrados, la participación del imputado se encuentra suficientemente acreditada con el estándar requerido en esta etapa procesal. 2°.- Que en atención al número y gravedad de delitos por lo

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