MP.C/ SEBASTIÁN IGNACIO CID BRAVO.
Rol
Fecha
15 de marzo de 2024
Materia
TRAFICO ILICITO DE DROGAS ART. 3 LEY Nº 20.000.
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
Vistos y oídos los intervinientes: Que los antecedentes invocados por la defensa no logran desvirtuar, en este estadio procesal, la existencia de los presupuestos establecidos en las letras a) y b) del artículo 140 del Código Procesal Penal y, además, se considera que no han variado sustancialmente las circunstancias tenidas en consideración para decretar la prisión preventiva del imputado, por estimar esta Corte que de conformidad con lo dispuesto en la letra c) del artículo 140 ya mencionado, su libertad constituye un peligro para la seguridad de la sociedad, teniendo en consideración la gravedad de la pena asignada al delito, carácter del mismo, bien jurídico protegido y forma de comisión, todo lo cual torna insuficientes las restantes medidas cautelares previstas por el legislador a los efectos normados en el inciso segundo del artículo 139 del referido cuerpo legal. Y de conformidad, además, con lo dispuesto en los artículos 352 y 360 del Código antes citado, se confirma la resolución dictada en audiencia de veintisiete de febrero del año en curso, por el 11° Juzgado de Garantía de Santiago, que mantuvo la prisión preventiva de Sebastián Ignacio Cid Bravo Comuníquese y devuélvase vía interconexión. N° 730-2024-Penal.
Texto Completo (Preview)
Fecha: quince de marzo de dos mil veinticuatro. Cuarta Sala Rol Corte: 730-2024 RUC: 2400144627-0 RIT: 604-2024 11° JUZGADO DE GARANTÍA DE SANTIAGO Ministro de fe: Patricia Ampuero Defensor: Esteban Gallardo Guardia Ministerio Público: Darío Sanhueza De la Cruz Imputado: Sebastián Ignacio Cid Bravo Tipo de Recurso: Apelación de medida cautelar. Escritos proveídos en audiencia: 3 San Miguel, cato
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