HURTADO CON TRANPORTES FAL S.A.
Rol
Fecha
14 de marzo de 2024
Materia
PRESTACIONES
Resultado
ACOGIDA, DEJESE COPIA
Hechos
Vistos y teniendo presente: 1° Que el abogado Víctor Solar Pavez, en representación del demandante en autos seguidos ante el Juzgado de Letras de San Bernardo bajo el RIT M-329-2023, deduce falso recurso de hecho en contra de la resolución de uno de marzo pasado, que concedió el recurso de apelación interpuesto en contra de aquella dictada el veintitrés de febrero último que rechazó el incidente de nulidad de todo lo obrado interpuesto por el demandado. Esgrime que el tribunal no debió conceder el recurso, por improcedente, atendido lo dispuesto en el artículo 476 del Código del Trabajo. 2º Que el artículo 476 del Código del Trabajo dispone que “solo serán susceptibles de apelación las sentencias interlocutorias que pongan término al juicio o hagan imposible su continuación, las que se pronuncien sobre medidas cautelares y las que fijen el monto de las liquidaciones o reliquidaciones de beneficios de seguridad social.” 3º Que, del examen de los antecedentes correspondientes al proceso antes mencionado, tenidos a la vista para resolver el presente recurso, se advierte que la resolución apelada no se encuentra en ninguna de las hipótesis antes señaladas por lo que el tribunal a quo no debió conceder el recurso de apelación. Por estas consideraciones, las normas legales precitadas y de conformidad, además, con lo dispuesto en el artículo 196 del Código de Procedimiento Civil, se acoge el falso recurso de hecho deducido en contra de la resolución de uno de marzo pasado, dictada por el Juzgado de Letras del Trabajo de San Bernardo en los autos Rol M-329-2023 que concedió el recurso de apelación interpuesto en contra de la resolución de veintitrés de febrero pasado y, en su lugar, se declara inadmisible el referido recurso. Déjese copia en los autos Rol N°157-2023 Laboral. Al otrosí: Téngase presente. Regístrese, notifíquese y archívese, en su oportunidad. Rol N° 166-2024 Lab.
Fallo
Por estas consideraciones, las normas legales precitadas y de conformidad, además, con lo dispuesto en el artículo 196 del Código de Procedimiento Civil, se acoge el falso recurso de hecho deducido en contra de la resolución de uno de marzo pasado, dictada por el Juzgado de Letras del Trabajo de San Bernardo en los autos Rol M-329-2023 que concedió el recurso de apelación interpuesto en contra de la resolución de veintitrés de febrero pasado y, en su lugar, se declara inadmisible el referido recurso. Déjese copia en los autos Rol N°157-2023 Laboral. Al otrosí: Téngase presente. Regístrese, notifíquese y archívese, en su oportunidad. Rol N° 166-2024 Lab.
Texto Completo (Preview)
Ch(cps) San Miguel, catorce de marzo de dos mil veinticuatro Resolviendo lo principal del escrito a folio 1: Vistos y teniendo presente: 1° Que el abogado Víctor Solar Pavez, en representación del demandante en autos seguidos ante el Juzgado de Letras de San Bernardo bajo el RIT M-329-2023, deduce falso recurso de hecho en contra de la resolución de uno de marzo pasado, que concedió el recurso de
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