SANDRA DUARTE TOLOZA / LICEO FROILAN DE LA BARRA.
Rol
Fecha
14 de marzo de 2024
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Vistos y teniendo presente: Primero: Que, interpone recurso de protección doña Sandra Patricia Duarte Toloza, dueña de casa, en representación de su hija C.A.M.D., ambas domiciliadas en Cimaltepec Nº7783, departamento 101, comuna de Lo Espejo, en contra del Liceo Froilán de la Barra, domiciliado en Avenida Goycolea Nº0172, comuna de La Cisterna por el acto arbitrario e ilegal consistente en la cancelación de matrícula de la hija de la actora, solicitando el restablecimiento del imperio del derecho. Expone que su hija, quien cursa 3º medio, fue notificada por la directora del colegio recurrido de la medida disciplinaria de cancelación de matrícula por su presunta participación en una pelea fuera del establecimiento educacional. Señala que su hija apeló a la medida el 6 de diciembre de 2023, siendo notificada el 12 de ese mes y año de la resolución que confirmó la medida adoptada. Finalmente agregó que el colegio recurrido no remitió el expediente a la Superintendencia de Educación. Segundo: Que informa al tenor del recurso el Liceo Froilán Yáñez de la Barra, solicitando el rechazo del recurso. Expresa que durante el año 2023, las alumnas A.A.M.A., C.A.M.D. y D.R.Z. presentaron conductas de hostigamiento hacia sus compañeras, reflejadas en su vocabulario, roces y situaciones de convivencia. Esta situación se materializó cuando las tres alumnas emboscaron a la estudiante F.A.S., a fin de golpearla. Dada dicha agresión, los padres de la alumna decidieron retirarla. Señala que realizada la investigación, se acreditó que la pelea había sido generada por ellas, lo que pudo observarse a través de los videos registrados por las cámaras de seguridad del colegio. Ante ello, se decidió aplicar la condicionalidad de conducta a las tres alumnas, explicándoles la necesidad de cambiar de actitud y trabajar en el control de impulsos, advirtiéndoseles que en una segunda oportunidad aquello implicaría perder su vacante. Sin embargo, el 22 de noviembre último, y a raíz de un alt
Texto Completo (Preview)
Dejo constancia que alegó por el recurso el abogado Daniel Leigthon Palma. San Miguel, 14 de marzo de 2024. San Miguel, catorce de marzo de dos mil veinticuatro. Al folio 29: Téngase presente. Vistos y teniendo presente: Primero: Que, interpone recurso de protección doña Sandra Patricia Duarte Toloza, dueña de casa, en representación de su hija C.A.M.D., ambas domiciliadas en Cimaltepec Nº7783,
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