SOFIA CONSTANZA ROJAS NANCO C/ CARLOS GABRIEL FLORES JARA
Rol
Fecha
14 de marzo de 2024
Materia
AMENAZAS SIMPLES CONTRA PERSONAS Y PROPIEDADES ART. 296 N°3.
Resultado
REVOCADA
Hechos
Vistos: 1.- Que si bien la defensa hace valer como nuevo antecedente para dejar sin efecto la prisión preventiva, la declaración prestada por la denunciante el 7 de febrero de 2024, en la que se retracta de la acusación por el delito de violación, dicha versión no tiene la magnitud necesaria para modificar los presupuestos de la cautelar en comento, por cuanto no permite, por ahora, poner en duda la verosimilitud de la denuncia, dado que ésta se realizó el mismo día de la ocurrencia de los hechos y dando cuenta de manera detallada de la forma en que el imputado perpetró el acceso carnal, sumado a la existencia de lesiones físicas que respaldan el relato inculpatorio, a diferencia de la actual retractación, entregada más de tres años después de los hechos y sin un contexto que permita avalarla a priori. 2.- Que, conforme a lo anterior, resulta forzoso concluir que los presupuestos de la prisión preventiva se mantienen a esta fecha y con ello el peligro para la seguridad de la sociedad, más aún si es un hecho no controvertido que el imputado mantiene una causa vigente por un delito de homicidio frustrado, además de registrar condenas pretéritas. Por lo anterior y lo dispuesto en los artículos 140, 155 y 360 y siguientes del Código Procesal Penal, se revoca la resolución apelada de trece de marzo de dos mil veinticuatro, dictada por el Primer Juzgado de Letras y Garantía de Peumo, en causa RIT 1855-2021, que sustituyó la cautelar de prisión preventiva del imputado Carlos Gabriel Flores Jara por la de arresto domiciliario total y, en su lugar, se resuelve que se mantiene la prisión preventiva del imputado, por peligro para la seguridad de la sociedad. Atendido lo resuelto precedentemente y
Fundamentos
considerando que en la causa RIT 199-2020, del mismo tribunal el imputado también se encuentra en prisión preventiva, se ordena al tribunal dictar las resoluciones que en derecho corresponda para los efectos de computar la prisión preventiva sólo en una de ellas. Comuníquese y devuélvase. Rol Corte 289-2024.Penal.-
Fallo
se resuelve que se mantiene la prisión preventiva del imputado, por peligro para la seguridad de la sociedad. Atendido lo resuelto precedentemente y considerando que en la causa RIT 199-2020, del mismo tribunal el imputado también se encuentra en prisión preventiva, se ordena al tribunal dictar las resoluciones que en derecho corresponda para los efectos de computar la prisión preventiva sólo en una de ellas. Comuníquese y devuélvase. Rol Corte 289-2024.Penal.-
Texto Completo (Preview)
//mjcv C.A. Rancagua Rancagua, catorce de marzo de dos mil veinticuatro. Vistos: 1.- Que si bien la defensa hace valer como nuevo antecedente para dejar sin efecto la prisión preventiva, la declaración prestada por la denunciante el 7 de febrero de 2024, en la que se retracta de la acusación por el delito de violación, dicha versión no tiene la magnitud necesaria para modificar los presupuestos d
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