MIRANDA/BANCO DE CHILE (ACUM. CON ROL 2112-2023/CIV)
Rol
Fecha
14 de marzo de 2024
Materia
PRESCRIP.EXTINCIÓN DE ACCIONES, ADQUISICIÓN DE DERECHOS Y OT
Resultado
REVOCADA SIN COSTAS
Hechos
Visto y teniendo únicamente presente: Que la resolución de 14 de julio de 2023 que rola a folio 36, en cuanto cita a absolver posiciones a la parte demandada, aparece notificada directamente a doña Marcela Olave Hernández a quien la demandante le atribuye facultades de representación del banco demandado, para el cumplimiento de la diligencia probatoria, en circunstancias que correspondía se hiciera a su mandatario judicial conforme dispone expresamente el artículo 397 del Código de Procedimiento Civil, por lo que lo actuado respecto de la señora Olave importa un vicio en el procedimiento, que provoca un perjuicio al demandado, por lo que debe ser enmendado. Y visto el mérito de los artículos 48, 49, 53, 84, 145 y 186 del Código de Procedimiento Civil, SE REVOCA sin costas del recurso, la resolución apelada de 30 de octubre de 2023, inserta a folio 5 del cuaderno de incidente de nulidad de lo obrado (N°3), en causa Rol C-1690-2022 del Tercer Juzgado de Letras de Talca y, en su lugar, se acoge el incidente de nulidad de lo principal de folio 2 del cuaderno de nulidad de lo obrado (N°3). Consecuencialmente se declara la nulidad de la notificación de 26 de julio de 2023 que consta a folio 41. En cuanto a la causa Rol N° 2112-2023/Civil: Visto y teniendo únicamente presente: Que atendido lo razonado precedentemente y habiéndose declarado la nulidad de la notificación efectuada el 26 de julio de 2023, por haberse efectuado de manera viciosa, lo actuado en la audiencia sobre exhibición documental de 16 de agosto de 2023, procede anular de oficio la notificación antes señalada, y consecuencialmente la audiencia antes referida. Y visto el mérito de los artículos 48, 49, 53, 84, 145 y 186 del Código de Procedimiento Civil, SE REVOCA, sin costas del recurso, la resolución apelada de 30 de octubre de 2023, inserta a folio 5 del cuaderno de incidente de nulidad de lo obrado (N°4), en causa Rol C-1690-2022 del Tercer Juzgado de Letras de Talca, y, en su lugar, se acoge el inci
Fallo
se declara la nulidad de la notificación de 26 de julio de 2023 que consta a folio 41. En cuanto a la causa Rol N° 2112-2023/Civil: Visto y teniendo únicamente presente: Que atendido lo razonado precedentemente y habiéndose declarado la nulidad de la notificación efectuada el 26 de julio de 2023, por haberse efectuado de manera viciosa, lo actuado en la audiencia sobre exhibición documental de 16 de agosto de 2023, procede anular de oficio la notificación antes señalada, y consecuencialmente la audiencia antes referida. Y visto el mérito de los artículos 48, 49, 53, 84, 145 y 186 del Código de Procedimiento Civil, SE REVOCA, sin costas del recurso, la resolución apelada de 30 de octubre de 2023, inserta a folio 5 del cuaderno de incidente de nulidad de lo obrado (N°4), en causa Rol C-1690-2022 del Tercer Juzgado de Letras de Talca, y, en su lugar, se acoge el incidente de nulidad de folio 49 del cuaderno principal y consecuencialmente se declara la nulidad de la audiencia de exhibición de documentos celebrada el 16 de agosto de 2023. El tribunal de la instancia revisará el procedimiento llevado a cabo de la notificación que recibió la causa a prueba. Devuélvase. N°Civil-2111-2023. (Acumulada con causa Rol N°2112-2023/Civil).
Texto Completo (Preview)
Talca, catorce de marzo de dos mil veinticuatro. En cuanto a la causa Rol N° 2111-2023/Civil: Visto y teniendo únicamente presente: Que la resolución de 14 de julio de 2023 que rola a folio 36, en cuanto cita a absolver posiciones a la parte demandada, aparece notificada directamente a doña Marcela Olave Hernández a quien la demandante le atribuye facultades de representación del banco demandado,
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