FISCALIA ARICA C/ SHIOMARA MAYLIN CHANDIA ARAYA
Rol
Fecha
13 de marzo de 2024
Materia
ROBO EN LUGAR HABITADO O DESTINADO A LA HABITACION. ART. 440.
Resultado
REVOCADA V/C PZF
Hechos
VISTO: Atendido el mérito de los antecedentes, y lo expuesto por los intervinientes en estrado, de los cuales se desprende que por el momento concurren todos y cada uno de los requisitos que señala el artículo 140 del Código Procesal Penal. Los dos primeros aparecen refrendados con los antecedentes que han sido aportados en esta audiencia, específicamente la evidencia de video y lo declarado por la afectada en torno al paradero que en definitiva se pudo pesquisar respecto de las especies supuestamente sustraídas. En cuanto a la letra c) se estima que no han variado los antecedentes que se tuvieron en vista al momento de decretar la prisión preventiva de la imputada en comento, toda vez a que, la declaración que ella prestó en la etapa investigativa y específicamente ante el Juzgado Garantía, en nada alteran los antecedentes que se tuvieron en vista al momento de decretar la medida cautelar más rigurosa. Asimismo, se estima que su libertad constituye un peligro para la seguridad de la sociedad habida consideración a la gravedad de la pena asignada al delito y el haber actuado en grupo o pandilla, SE REVOCA la resolución de doce de marzo del año dos mil veinticuatro que había modificado la medida cautelar de prisión preventiva en relación a Sofía Consuelo Daza Muñoz y que decretó otras medidas cautelares en reemplazo de aquella más rigurosa y en su lugar se decreta que se mantiene la medida de prisión preventiva en relación a Sofía Consuelo Daza Muñoz. Acordada con el voto en contra del ministro Pablo Zavala Fernández quien estuvo por confirmar la resolución en comento por estimar que las medidas cautelares decretadas por el Juez de Garantía de esta ciudad en reemplazo de la prisión preventiva resultan suficientes para asegurar los fines del procedimiento y la seguridad de la sociedad. Comuníquese vía interconexión. Rol N° 189-2024 Penal. La presente acta sólo constituye un registro administrativo, en el que se resume lo acontecido y resuelto en la vista de la ca
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Corte de Apelaciones de Arica. En Arica, a trece de marzo de dos mil veinticuatro. Sala: Primera Sala Rol: 189-2024 Penal Ruc: 2300801419-1 RIT: 8249-2023 Tribunal: Juzgado de Garantía de Arica Integrantes: Ministros señor Pablo Zavala Fernández, señor Marco Antonio Flores Leyton y señora Claudia Arenas González. Relator (a): Patricia Díaz Donoso Digitador (a): Mariela Canchaya Carrasco
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