SIN INFORMACION

CARMONA/CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA

Rol

Fecha

13 de marzo de 2024

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Vistos y teniendo presente: Primero: Que, comparecen Raúl Órdenes Sandoval y Pablo Rojas Bustamante, abogados, quienes interponen acción constitucional de protección, en favor de doña Estefani de Lourdes Carmona Picarte, en contra de la Ilustre Municipalidad de La Granja, representada por su Alcalde Luis Felipe Delpin Aguilar, y en contra de la Contraloría General de la República, representada por doña Dorothy Pérez Gutiérrez; por haber dictado la primera, el Decreto n°972/ID DOC 619714, de 16 de noviembre de 2022, a través del cual se declara la salud incompatible de la recurrente, ordenando el cese de sus labores como funcionaria Titular, en el cargo de Técnico Nivel Superior en Administración, adscrita al CESFAM La Granja, invocando para ello como causal una supuesta salud incompatible con el cargo, y la segunda, por haber emitido el Dictamen E432936, de fecha 28 de diciembre de 2023, que rechaza el reclamo en contra de declaración de vacancia de cargo por salud incompatible. Exponen que doña Estefani de Lourdes Carmona Picarte, ingresó a prestar labores en la Ilustre Municipalidad de la Granja el 22 de marzo del año 2005, desempeñando funciones administrativas en el área de salud, específicamente en el SOME del CESFAM de La Granja Sur. Luego, cumplió las mismas funciones en el SAPU Dental hasta fines del 2019, y por último desempeñó labores de Técnico Nivel Superior en Administración en el CESFAM La Granja hasta el día de la declaración de vacancia; realizando todas las funciones, en calidad de titular. Refieren que nunca fue objeto de calificación deficiente, sumario administrativo, nota de demérito o reclamo alguno. Relatan que en el mes de septiembre de 2020, falleció el hermano de la recurrente, lo que provocó un cuadro depresivo, debiendo solicitar apoyo médico en el mes de abril 2021, recurriendo al mismo Cesfam en el cual trabajaba y del cual es paciente, iniciando un período de licencia médicas. Que, posteriormente, en el mes de diciembre de 2021 fue

Fallo

se declara la salud incompatible de la recurrente, ordenando el cese de sus labores como funcionaria Titular, en el cargo de Técnico Nivel Superior en Administración, adscrita al CESFAM La Granja, invocando para ello como causal una supuesta salud incompatible con el cargo, y la segunda, por haber emitido el Dictamen E432936, de fecha 28 de diciembre de 2023, que rechaza el reclamo en contra de declaración de vacancia de cargo por salud incompatible. Exponen que doña Estefani de Lourdes Carmona Picarte, ingresó a prestar labores en la Ilustre Municipalidad de la Granja el 22 de marzo del año 2005, desempeñando funciones administrativas en el área de salud, específicamente en el SOME del CESFAM de La Granja Sur. Luego, cumplió las mismas funciones en el SAPU Dental hasta fines del 2019, y por último desempeñó labores de Técnico Nivel Superior en Administración en el CESFAM La Granja hasta el día de la declaración de vacancia; realizando todas las funciones, en calidad de titular. Refieren que nunca fue objeto de calificación deficiente, sumario administrativo, nota de demérito o reclamo alguno. Relatan que en el mes de septiembre de 2020, falleció el hermano de la recurrente, lo que provocó un cuadro depresivo, debiendo solicitar apoyo médico en el mes de abril 2021, recurriendo al mismo Cesfam en el cual trabajaba y del cual es paciente, iniciando un período de licencia médicas. Que, posteriormente, en el mes de diciembre de 2021 fue sometida a una cirugía producto de una

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C.A. de Santiago Santiago, trece de marzo de dos mil veinticuatro. Al folio 13: a lo principal y segundo otrosí, téngase presente. Al primer otrosí, téngase presente y a sus antecedentes. Al folio 14, a lo principal, primer y segundo otrosí, téngase presente. Al tercer otrosí, téngase presente y a sus antecedentes A los folios 15, 16, 17 y 18: a todo, téngase presente Vistos y teniendo presente:

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