SIN INFORMACION

PIZARRO/SERVICIO NACIONAL DE MIGRACION

Rol

Fecha

13 de marzo de 2024

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTOS: Comparece Juan Guzmán Zúñiga, abogado de la Unidad de Migración de la Corporación de Asistencia Judicial de Antofagasta, domiciliado en Avenida Grecia N°2032, piso 3° de Antofagasta, en favor de Rolando Pizarro Gutiérrez Run N°25.656.836-5, de nacionalidad boliviana, con domicilio en Caleta Coloso Meseta Norte casa 26 de Antofagasta, quien deduce recurso de reclamación judicial establecido en el artículo 141 de la ley 21.325, en contra del Servicio Nacional de Migraciones, por haber dictado la Resolución Exenta N°27587 de fecha 12 de junio de 2023, notificada el 19 de febrero de 2024, por medio de la cual se dispuso la expulsión del reclamante del territorio nacional, solicitando en definitiva se deje sin efecto la resolución recurrida. Informa la recurrida, solicitando el rechazo del recurso. Puesta la causa en estado, se han traído los autos para dictar sentencia. CON LO RELACIONADO Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que funda su recurso señalando que por Resolución Exenta N°18.075 de 17 de enero de 2018 la reclamada otorgó al actor el permiso de residencia definitiva. Refiere que con fecha 7 de marzo de 2023, el Juzgado de Garantía de Antofagasta condenó al reclamante en causa RIT 9725-2021, a la pena de cuatro años de presidio menor en su grado máximo y accesorias legales, como autor del delito de abuso sexual impropio; y en virtud de ello se inició un procedimiento de expulsión, en que sus descargos fueron efectuados el 24 de mayo de 2023, los que indican que fue sometido a un proceso penal por un delito que tiene aparejada pena de crimen, sin embargo, en lo concreto se le impuso una pena de simple delito, estando actualmente cumplida la pena; añade que no mantiene infracciones migratorias, asimismo, reside en Chile de manera regular y no ha vuelto a cometer delito alguno; respecto a su estructura familiar, vive en Chile, junto a su padre y junto a su madre; asimismo, desde el punto de vista laboral se encuentra trabajando en la empresa Komatsu Cummins Chile Ltda. con contrato indefinido, refiriendo los documentos que acompañó, e indicando que se determinó por la autoridad administrativa que no es posible aceptar la permanencia del recurrente en el territorio nacional, determinando junto con la expulsión una prohibición de ingreso de 25 años al territorio nacional. Reitera que actualmente vive en Chile junto a sus padres y que continúa trabajando en Komatsu Cummins Chile Ltda. Indica que si bien el reclamante fue condenado, se le concedió la pena sustitutiva de libertad vigilada intensiva, cuya condena culminará el 13 de abril de 2027. Destaca que se vulnera el principio non bis in ídem y no se ha tomado en consideración los antecedentes aportados por el reclamante porque no ha vuelto a cometer delitos. Afirma que se vulneró el derecho a la libertad personal y seguridad del recurrente, además del principio de la prohibición de doble punición, citando un

Fallo

fallo al efecto. Tras indicar que la sanción administrativa es desproporcionada, termina solicitando se acoja su reclamación en contra del reclamado y se deje sin efecto la Resolución Exenta N°27587 de fecha 12 de junio de 2023 notificado el 19 de febrero de 2024, que decretó la medida de expulsión del territorio nacional del reclamante. SEGUNDO: Que Manuel Torres Salinas, abogado de la Dirección Regional de Antofagasta del Servicio Nacional de Migraciones, informó solicitando el rechazo del recurso por no existir acto u omisión de la autoridad, que pueda ser calificado de arbitrario o ilegal y que atente en contra de alguna de las garantías consagradas en la Constitución Política de la República. Expone que según los registros migratorios del reclamante, con fecha 17 de enero de 2018 le fue concedido el beneficio de residencia definitiva. Destaca que consta en sentencia definitiva de fecha 7 de marzo de 2023, del Juzgado de Garantía de Antofagasta, que el recurrente fue condenado en causa RIT 9725-2021, a la pena de 4 años de presidio menor en su grado máximo y a las accesorias de inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos y la de inhabilitación absoluta para cargos y oficios públicos durante el tiempo de condena, como autor del delito consumado de abuso sexual impropio, en carácter de reiterado, tipificado y sancionado en los artículos 366 bis y 366 ter del Código Penal en relación al artículo 351 del Código Procesal Penal. Afirma que según el artículo 13

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Antofagasta, trece de marzo de dos mil veinticuatro. VISTOS: Comparece Juan Guzmán Zúñiga, abogado de la Unidad de Migración de la Corporación de Asistencia Judicial de Antofagasta, domiciliado en Avenida Grecia N°2032, piso 3° de Antofagasta, en favor de Rolando Pizarro Gutiérrez Run N°25.656.836-5, de nacionalidad boliviana, con domicilio en Caleta Coloso Meseta Norte casa 26 de Antofagasta, qu

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