SIN INFORMACION

MAHLER/TESORERIA REGIONAL METROPOLITANA SANTIAGO ORIENTE

Rol

Fecha

13 de marzo de 2024

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

INADMISIBLE

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Hechos

Visto y teniendo presente: 1°) Que el recurso de protección tiene por objeto restablecer el imperio del derecho cuando este ha sido quebrantado por actos u omisiones arbitrarias o ilegales que amenazan, perturban o privan del ejercicio legítimo de alguna de las garantías taxativamente numeradas en el artículo 20 de la Constitución Política de la República; 2°) Que de la presentación efectuada en estos autos se desprende que su contenido excede las materias que pueden ser objeto del recurso de protección, puesto que la solicitud que se realiza abarca aspectos que demuestran que el objeto del recurrente es impugnar o dejar sin efecto una norma legal actualmente vigente, esto es, el artículo 6 del Decreto con Fuerza de Ley N° 1 del Ministerio de Hacienda, Estatuto Orgánico del Servicio de Tesorerías, y no ejercer una acción de protección en aras de la tutela de las garantías constitucionalmente protegidas. Y de conformidad, además, con lo dispuesto en el Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre tramitación y fallo del recurso de protección de las garantías constitucionales, se declara inadmisible el interpuesto en lo principal del folio 1. Acordado lo anterior con el voto en contra de la Ministra señora Araya, quien fue del parecer de declarar admisible el presente arbitrio y acogerlo a tramitación. Archívese N°Protección-1379-2024. (ccc) Pronunciada por la Primera Sala de la Iltma. Corte de Apelaciones de Santiago, presidida por el Ministro señor Alejandro Rivera Muñoz e integrada por la Ministra señora Sandra Lorena Araya Naranjo y por la Abogada Integrante señora Paola Herrera Fuenzalida.

Fallo

fallo del recurso de protección de las garantías constitucionales, se declara inadmisible el interpuesto en lo principal del folio 1. Acordado lo anterior con el voto en contra de la Ministra señora Araya, quien fue del parecer de declarar admisible el presente arbitrio y acogerlo a tramitación. Archívese N°Protección-1379-2024. (ccc) Pronunciada por la Primera Sala de la Iltma. Corte de Apelaciones de Santiago, presidida por el Ministro señor Alejandro Rivera Muñoz e integrada por la Ministra señora Sandra Lorena Araya Naranjo y por la Abogada Integrante señora Paola Herrera Fuenzalida.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago xoo Santiago, trece de marzo de dos mil veinticuatro. Al folio 3: por cumplido lo ordenado, estese al mérito de lo que se resolverá a continuación. Al folio 1: Visto y teniendo presente: 1°) Que el recurso de protección tiene por objeto restablecer el imperio del derecho cuando este ha sido quebrantado por actos u omisiones arbitrarias o ilegales que amenazan, perturban o privan

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