SIN INFORMACION

MATEY/SERVICIO NACIONAL DE MIGRACION

Rol

Fecha

13 de marzo de 2024

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA/COMUNICAR

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTO Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que el 5 de marzo del presente año comparece Carolina Alejandra Matey Landaeta, médico cirujano, venezolana, en representación de doña ORLEANY ALEXANDRA RENDON MATEY, de venezolana, Pasaporte N° 173610200 y de don CHRISTIAN JESÚS ALVARADO MERCADO, venezolano, Pasaporte N°167399504, ambos domiciliados para estos efectos en Portales 567, Casa N° 1, comuna de Constitución, y en contra del SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES, dependiente del Ministerio del Interior y Seguridad Pública de Chile, representado por don Luis Thayer Correa, pidiendo que se ordene emitir el pronunciamiento omitido respecto de las solicitudes de residencia temporal de los amparados, emitiendo el respectivo estampado electrónico o documento que permita sus ingresos al país. Explica que ambos amparados postularon a la residencia temporal el 22 de mayo del 2023, por medio de la página web de trámites de extranjería. Precisa que dicha presentación la hicieron en calidad de titular, debido a que establecieron un vínculo con ella a través de un contrato de trabajo, y que fue notariado en Chile y posteriormente firmado por el Consulado de Chile en Caracas-Venezuela. Posteriormente, el 13 de julio del 2023, los notificaron para que estos acompañaran el contrato de trabajo firmado por el empleador ante notario en Chile y por el trabajador ante el consulado chileno, lo que fue cumplido el 3 de agosto del 2023, dentro del plazo de 60 días que fue otorgado. Acusa que, hasta el día de hoy, no ha existido avance alguno, encontrándose las postulaciones “estancadas” en etapa de resolución, como se evidencia al consultar en la página de trámites de extranjería, de manera tal que han transcurrido 9 meses y 12 días entre la solicitud y la presente fecha. Manifiesta que esta demora significa una omisión arbitraria y discriminatoria que supera los límites de la prudencia, pues han cumplido todos los requisitos que impone la ley de migraciones, generando una grave situación de in

Fallo

Por estas consideraciones y lo dispuesto, además, en el artículo 21 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema, sobre tramitación y fallo del Recurso de que se trata, SE RECHAZA el recurso de amparo interpuesto por Carolina Alejandra Matey Landaeta, en favor de ORLEANY ALEXANDRA RENDON MATEY y CHRISTIAN JESÚS ALVARADO MERCADO, en contra del SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES. Lo resuelto precedentemente, es sin perjuicio de los trámites administrativos que se puedan realizar por los interesados, para la pronta decisión de la solicitud contenida en estos autos. Regístrese y archívese en su oportunidad. Comuníquese por la vía más expedita. Rol 151-2024/Amparo.

Texto Completo (Preview)

Talca, trece de marzo de dos mil veinticuatro. VISTO Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que el 5 de marzo del presente año comparece Carolina Alejandra Matey Landaeta, médico cirujano, venezolana, en representación de doña ORLEANY ALEXANDRA RENDON MATEY, de venezolana, Pasaporte N° 173610200 y de don CHRISTIAN JESÚS ALVARADO MERCADO, venezolano, Pasaporte N°167399504, ambos domiciliados para estos efe

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