TELLO/SOCIEDADEDUCACIONAL ALICANTO SPA
Rol
Fecha
12 de marzo de 2024
Materia
ART. 485 INCISO 3º CT
Resultado
REVOCADA
Hechos
VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: 1°) Que en estos autos sobre acción de tutela laboral RIT N° T-79-2023, del Juzgado de Letras del Trabajo de Copiapó, se ha acogido la excepción de caducidad de la acción en referencia mediante resolución contenida en el acta de audiencia preparatoria de fecha 7 de noviembre del 2023. 2°) Que la resolución concernida declara la aludida caducidad respecto de la demanda de autos, sosteniendo que es imperativo acoger la excepción respecto de todos los hechos acontecidos más allá de los 60 días contados hacia atrás desde la interposición de la denuncia respectiva, el 04 de septiembre de 2023. 3°) Que la denuncia de tutela laboral de autos se funda en la vulneración del derecho fundamental a la integridad psíquica de la actora, la que se configuraría por la conducta de la denunciada en orden a no tomar las medidas para evitar el acoso laboral ejercido por otro funcionario, y el posterior sumario iniciado en contra de la denunciante, por realizar acusaciones falsas respecto de éste, situación que habría fundado su decisión de poner término a la relación laboral de conformidad al artículo 171 del Código del Trabajo. 4°) Que, en consecuencia, para analizar el fundamento de la acción intentada debe tenerse en consideración la totalidad de la conducta supuestamente vulneratoria del derecho fundamental invocado, atribuida a la demandada, y no la manifestación aislada de cada uno de los hechos que la conformarían. Así, apareciendo de los antecedentes que la acción fue ejercida con ocasión del autodespido de la actora, no puede concluirse que ha transcurrido el plazo requerido en la ley para los efectos de interponer la correspondiente acción de tutela, y en consecuencia, la resolución recurrida debe ser revocada. 5°) Que, a mayor abundamiento, la resolución apelada priva a la actora de su derecho a probar la conducta imputada a la demandada, que estima vulneratoria del citado derecho fundamental, violentándose, así, el debido proceso consagrado e
Fundamentos
fundamentos octavo y noveno, se reitera en el mismo tenor lo ya expuesto, existiendo también un pronunciamiento sobre el particular de esta misma Corte en causa Rol Laboral N° 70-2020. 7°) Que, en estas condiciones, y teniendo en consideración las conclusiones precedentemente expuestas, forzoso es concluir que la resolución apelada debe ser revocada. Por estos fundamentos y lo dispuesto en los artículos 453 inciso primero N° 1 y 474 del Código del Trabajo; 145 y 187 del de Procedimiento Civil, SE REVOCA, la resolución dictada en audiencia de siete de noviembre de dos mil veintitrés, por la Jueza del Juzgado de Letras del Trabajo de Copiapó, don José Marcelo Álvarez Rivera, que acogió la excepción de caducidad respecto de la denuncia esgrimida por la actora y, en su lugar,
Fallo
se decide, que SE RECHAZA dicha excepción, debiendo continuarse adelante con la tramitación de la presente causa por Juez(a) no inhabilitado(a). Regístrese y devuélvase. Rol Corte Laboral-Cobranza N° 210-2023
Texto Completo (Preview)
C.A. de Copiapó Copiapó, doce de marzo de dos mil veinticuatro. VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: 1°) Que en estos autos sobre acción de tutela laboral RIT N° T-79-2023, del Juzgado de Letras del Trabajo de Copiapó, se ha acogido la excepción de caducidad de la acción en referencia mediante resolución contenida en el acta de audiencia preparatoria de fecha 7 de noviembre del 2023. 2°) Que la resolució
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