SIN INFORMACION

REDCOMP S.A./19° JUZGADO CIVIL DE SANTIAGO

Rol

Fecha

12 de marzo de 2024

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

ACOGIDA

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Hechos

VISTO Y TENIENDO PRESENTE: 1°) Que comparece Cristian Ramírez Tagle, abogado, en representación de Redcomp S.A., por la parte demandante sobre juicio ordinario de mayor cuantía, de cumplimiento de contrato, Rol C-602-2021, del Décimo Noveno Juzgado Civil de Santiago, caratulados como “Redcomp S.A. / Parque Arauco”, e interpone recurso de hecho en contra de la resolución de 17 de mayo de 2023, que deniega recurso de apelación interpuesto por esa parte, en contra de la resolución de fecha 4 de mayo de 2023, mediante la cual el tribunal a quo hizo efectivo un apercibimiento y tuvo por desistida a la parte demandante del peritaje solicitado oportunamente dentro del término probatorio, y respecto del cual en varias oportunidades esa parte reiteró nuevas solicitudes de designación atendida la negativa de los peritos designados con anterioridad. Luego, señala que contra dicha resolución se dedujo recurso de reposición con apelación en subsidio, solicitando la enmienda de la resolución impugnada por las razones allí expresadas. Afirma que el tribunal de primera instancia resolvió, en su parte pertinente, que “Al primer otrosí:

Fundamentos

Considerando que la resolución impugnada, que hace efectivo un apercibimiento previamente decretado tiene la naturaleza de un auto, toda vez que falla un incidente que no reúne las características que a las sentencia interlocutorias asigna el inciso 3° del artículo 158 del Código de Procedimiento Civil; y que los autos son inapelables, salvo cuando alteran la sustanciación regular del procedimiento o recaen sobre trámites no expresamente ordenados por la ley, cuyo no es el caso;

Fallo

se declara que no ha lugar al recurso de apelación subsidiario, por ser improcedente”. Sostiene que dicha apelación debió haber sido concedida por cuanto, la naturaleza jurídica de la resolución impugnada corresponde una sentencia interlocutoria que ha tenido el efecto de imposibilitar a esta parte de volver a pedir nueva designación de perito en estos autos por haberse hecho efectivo el apercibimiento decretado, y su contrafaz, es el derecho que se establece en beneficio de la demandada de oponerse a una eventual nueva designación de perito por la misma razón, esto es, el apercibimiento que se hizo efectivo en contra de esta parte demandante. Por todo lo anterior, solicita declarar que procede la apelación denegada, pedir la remisión del expediente; y retener los autos para la tramitación y el fallo del recurso de apelación. 2°) Que, por su parte informa, el juez suplente de 19º Juzgado Civil de Santiago, don Álvaro Rodrigo Cayuqueo Pichicón, señalando que se rechazó la apelación subsidiaria en virtud de lo prescrito en el artículo 188 del Código de Procedimiento Civil, que dispone: “Los autos y decretos no son apelables cuando ordenan trámites necesarios para la sustanciación regular del juicio; pero son apelables cuando alteran dicha sustanciación o recaen sobre trámites que no están expresamente ordenados en la ley. Esta apelación sólo podrá interponerse con el carácter de subsidiaria de la solicitud de reposición y para el caso que ésta no sea acogida.” A juicio de l

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, doce de marzo de dos mil veinticuatro. Al escrito folio 16: téngase presente. VISTO Y TENIENDO PRESENTE: 1°) Que comparece Cristian Ramírez Tagle, abogado, en representación de Redcomp S.A., por la parte demandante sobre juicio ordinario de mayor cuantía, de cumplimiento de contrato, Rol C-602-2021, del Décimo Noveno Juzgado Civil de Santiago, caratulados como “Redcomp

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