COMUNIDAD CONDOMINIO EL PEÑON/INVERSIONES GALOCOR SPA (LTE)
Rol
Fecha
12 de marzo de 2024
Materia
COBRO DE GASTOS COMUNES
Resultado
REVOCADA
Hechos
Vistos y teniendo, además, presente: 1°.- Que una atenta lectura del tenor literal de la cláusula Vigésima Quinta del Reglamento de Copropiedad del Edificio Condominio El Peñón, esto es, “(…)En caso de mora o simple retardo en el pago de los gastos comunes, se devengará en contra del moroso una multa que será equivalente al interés corriente mensual sobre la cantidad adeudada”, permite inferir que la multa debe devengarse mes a mes, de modo tal que debe practicarse una nueva liquidación que considere esta forma de cálculo. 2°.- Por otra parte, la mentada liquidación no ha considerado los reajustes, lo que también debe tenerse presente en la nueva liquidación que se practique en su oportunidad. Por tanto, conforme a lo dispuesto en los artículos 186, 223 y 227 del Código de Procedimiento Civil, se revoca la resolución apelada de veintinueve de junio de dos mil veintidós, dictada por el Noveno Juzgado Civil de Santiago en causa rol C-147-2021, y, en su lugar, se dispone que el tribunal deberá practicar una nueva liquidación, teniendo presente los
Fundamentos
fundamentos antes expresados, en relación a la forma de calcular el interés mensual y los reajustes. Devuélvase. N°Civil-9904-2022. En Santiago, doce de marzo de dos mil veinticuatro, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.
Fallo
Por tanto, conforme a lo dispuesto en los artículos 186, 223 y 227 del Código de Procedimiento Civil, se revoca la resolución apelada de veintinueve de junio de dos mil veintidós, dictada por el Noveno Juzgado Civil de Santiago en causa rol C-147-2021, y, en su lugar, se dispone que el tribunal deberá practicar una nueva liquidación, teniendo presente los fundamentos antes expresados, en relación a la forma de calcular el interés mensual y los reajustes. Devuélvase. N°Civil-9904-2022. En Santiago, doce de marzo de dos mil veinticuatro, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, doce de marzo de dos mil veinticuatro. A los escritos folios 16 y 17: a todo, téngase presente. Vistos y teniendo, además, presente: 1°.- Que una atenta lectura del tenor literal de la cláusula Vigésima Quinta del Reglamento de Copropiedad del Edificio Condominio El Peñón, esto es, “(…)En caso de mora o simple retardo en el pago de los gastos comunes, se devengará en co
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