VALENZUELA/MUNICIPALIDAD DE ALGARROBO
Rol
Fecha
12 de marzo de 2024
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Vistos: A folio 1, comparece Eric Valenzuela Rosales, deduce recurso de protección en contra de la Ilustre Municipalidad de Algarrobo, representado legalmente por su Alcalde, Señor Marco Antonio González Candia, por haber dictado el Decreto Alcaldicio N° 0045 de fecha 02 de enero de 2024, que aplicó la medida disciplinaria de destitución, vulnerando con ello el debido proceso consagrado en el artículo 2 y 3 de la Constitución Política de Chile, al carecer de fundamentos. Indica que comenzó a prestar servicios para la I. Municipalidad de Algarrobo, bajo la calidad jurídica de contrata, como funcionario de recolección entre el 05 de abril de 2023 al 31 de diciembre de 2023. Con fecha 04 de julio de 2023, se emite formulario de cargos en mi contra, siendo el investigador sumarial designado el Señor Hugo Silva Apablaza. Los cargos son los siguientes: CARGO Nº1. Que, el funcionario Eric Fabián Valenzuela Rosales, mantiene atrasos reiterados e injustificados para el periodo que media entre: julio 163 minutos, que son equivalentes a 2 horas y siete minutos; en el mes de agosto 152 minutos, que son equivalentes a 2 horas y cinco minutos; en el mes de septiembre 201 minutos, equivalentes a 3 horas y 35 minutos; en el mes de octubre 270 minutos, equivalentes a 4 horas y cinco minutos. CARGO Nº2. Que, el funcionario Eric Fabián Valenzuela Rosales, se ha ausentado de manera reiterada en el cumplimiento de sus labores designadas por su jefatura debido a la designación de turnos que se implementa en fines de semana y festivos de forma extraordinaria a su jornada ordinaria, con la finalidad de mantener la continuidad y buen servicio de recolección de los residuos domiciliarios de la comuna de Algarrobo. Ante tales cargos, presentó recurso de reposición el que fue rechazado, adoleciendo de vicios, como el debido proceso que no fue respectado y el principio de igualdad ante la Ley. El acto administrativo adolece de falta de pronunciamiento y análisis de los medios de prueba que fu
Fundamentos
considerando: Primero: Que, el recurso de protección tiene por finalidad restablecer el imperio del derecho y asegurar la debida protección del afectado que, por causas de actos u omisiones arbitrales o ilegales, sufra privación, perturbación o amenazas en el legítimo ejercicio de los derechos y garantías establecidas en el artículo 19 de la Constitución Política de la República. Segundo: Que, el acto impugnado por esta vía es el Decreto Alcaldicio N° 5.615 de fecha 13 de diciembre de 2023 y Decreto Alcaldicio N° P 45 de fecha 02 de enero de 2024 que aplicó la medida disciplinaria de destitución del actor. Tercero: Que, el artículo 58 de la Ley N° 18.883 dispone que son obligaciones de los funcionarios, entre otras, letra d) “Cumplir la jornada de trabajo y realizar los trabajos extraordinarios que ordene el superior jerárquico”. Por su parte, el artículo 69 inciso final de la citada Ley, dispone “Los atrasos y ausencias reiterados, sin causa justificada, serán sancionados con destitución, previa investigación sumaria”. Cuarto: Que, de los antecedentes y documentos acompañados por las partes, es posible constatar que el actor incurrió en numerosas ocasiones en los incumplimientos consistentes en atrasos reiterados y ausencias injustificadas, lo que conforme al estatuto que regía la relación laboral entre las partes, permite aplicar como sanción la destitución Quinto: Que, dicho lo anterior, esta Corte no verifica ilegalidad ni arbitrariedad en la decisión impugnada y, en consecuencia, se rechazará el arbitrio.
Fallo
Por estas consideraciones, y visto lo dispuesto en los artículos 19 y 20 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre la materia, se rechaza, sin costas, la acción constitucional de protección deducida en favor de Eric Fabián Valenzuela Rosales, en contra de la Ilustre Municipalidad de Algarrobo. Regístrese, notifíquese, comuníquese por la vía más expedita y, en su oportunidad, archívese. N°Protección-481-2024.
Texto Completo (Preview)
Llg C.A. de Valparaíso. Valparaíso, doce de marzo de dos mil veinticuatro. Vistos: A folio 1, comparece Eric Valenzuela Rosales, deduce recurso de protección en contra de la Ilustre Municipalidad de Algarrobo, representado legalmente por su Alcalde, Señor Marco Antonio González Candia, por haber dictado el Decreto Alcaldicio N° 0045 de fecha 02 de enero de 2024, que aplicó la medida disciplinaria
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