MINISTERIO PUBLICO / MARCIAL ANTONIO LARA IRRIBARRA
Rol
Fecha
12 de marzo de 2024
Materia
AMENAZAS SIMPLES CONTRA PERSONAS Y PROPIEDADES ART. 296 N°3.
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
Vistos y teniendo presente: 1° Que, la defensa ha apelado en contra de la resolución de fecha siete de marzo del año en curso, dictada por la Jueza del juzgado de Garantía de Chillán, doña Paulina Rodríguez Zapata, que mantuvo la medida cautelar de prisión preventiva respecto del imputado Marcial Antonio Lara Irribarra, quien fue reformalizado por dos delitos de amenazas, dos delitos de desacato, y un delito de femicidio frustrado. 2° Que, de las alegaciones efectuadas en estrado por los intervinientes, y los nuevos antecedentes aportados por la defensa, consistentes en declaración de la víctima ante el fiscal, de fecha 28 de febrero del año en curso, y carta de empleador del encartado, no tienen la entidad suficiente que justifiquen la modificación de la medida cautelar ya decretada, ni desvirtuan los requisitos del artículo 140 del Código Procesal Penal que en su momento se tuvieron por acreditados, por cuanto dichas declaraciones deben ser interpretadas en el contexto de violencia intrafamiliar en que se han efectuado. En razón de lo anterior, y lo dispuesto en los artículos 358 y 360 del Código Procesal Penal, artículo 7 de la ley 20.066, se resuelve: Que se confirma la resolución apelada de fecha 7 de marzo de 2024. Téngase por notificados a los intervinientes presentes en la audiencia, sin perjuicio de su notificación por el estado diario. Comuníquese y devuélvase. R.I.C. PENAL 179-2024
Fallo
se resuelve: Que se confirma la resolución apelada de fecha 7 de marzo de 2024. Téngase por notificados a los intervinientes presentes en la audiencia, sin perjuicio de su notificación por el estado diario. Comuníquese y devuélvase. R.I.C. PENAL 179-2024
Texto Completo (Preview)
Chillán, doce de marzo, de dos mil veinticuatro. Vistos y teniendo presente: 1° Que, la defensa ha apelado en contra de la resolución de fecha siete de marzo del año en curso, dictada por la Jueza del juzgado de Garantía de Chillán, doña Paulina Rodríguez Zapata, que mantuvo la medida cautelar de prisión preventiva respecto del imputado Marcial Antonio Lara Irribarra, quien fue reformalizado por
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