CONSEJO DE DEFENSA DEL ESTADO C/ RICARDO ALCIDES GOMEZ BALLE
Rol
Fecha
12 de marzo de 2024
Materia
TORTURAS COMETIDAS P/FUNCIONARIOS PUBL.(ART. 150, A INC 1°)
Resultado
REVOCADA-CONFIRMADA
Hechos
Vistos: En estos antecedentes RIT 6632-2023 del Octavo Juzgado de Garantía de Santiago, la juez titular señora Irene Rodríguez Chávez en audiencia de 12 y 13 de diciembre de 2023, respectivamente, declaró abandonada la querella interpuesta por el Instituto Nacional de Derechos Humanos (en adelante INDH), y rechazó la petición de sobreseimiento definitivo y total fundada en las causales de las letras a) y b) del artículo 250 del Código Procesal Penal respecto de los imputados 1) Fabian Alexis Torres Salgado, 2)Fernando Soto Fuentealba, 3)Iván Arturo Hernández Ocampo, 4) Samuel Mora Lodi, 5)Daniel Alejandro Hervias Hutinel y 6) Carlos Ernesto Cerda Herrera por los delitos de obstrucción a la justicia previsto y sancionado en el artículo 269 bis del Código Penal y de falsificación del artículo 367 número 5 del Código de Justicia Militar. I.- En cuanto al recurso de apelación del INDH. Primero: Que, en antecedentes penales tramitados ante el Octavo Juzgado de Garantía de Santiago, RIT 6632-2022, comparece la abogado Camila Sánchez Oliveros, en representación del Instituto Nacional de Derechos Humanos (en adelante INDH), quien interpone recurso de apelación en contra de la resolución de fecha 12 de diciembre de 2023, que declaró abandonada la querella de este interviniente conforme a lo dispuesto en el artículo 120 letra a) del Código Procesal Penal, norma legal que, en lo que interesa, expresa: “Abandono de la querella. El tribunal de oficio o a petición de cualquiera de los intervinientes, declarará abandonada la querella por quien la hubiera interpuesto: a) cuando no adhiriere a la acusación fiscal o no acusare particularmente en la oportunidad que correspondiere”. Segundo: Que, el defensor penal Nicolas Muñoz cuestiona la legitimación del INDH para ser parte en esta causa, ya que en audiencia previa fue rechazado el forzamiento de la acusación; por lo que en definitiva solicita se declare el abandono de la querella. Por su parte los defensores privados Jorge Villalo
Fallo
Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en los artículos 120 letra a), 250 letra a) y letra b) del Código Procesal Penal, se declara: 1.- Que se revoca la sentencia de trece de diciembre de dos mil veintitrés, dictada por el Octavo Juzgado de Garantía de Santiago, en los autos RIT N° 6632-2023, sólo en aquella parte que había condenado en costas a las defensas de los imputados Fabian Alexis Torres Salgado, Fernando Soto Fuentealba, Iván Arturo Hernández Ocampo, Samuel Mora Lodi, Daniel Alejandro Hervias Hutinel y Carlos Ernesto Cerda Herrera, y en su lugar, se declara que no se les impone dicha carga pecuniaria, y 2.- Que, se confirman, sin costas, las resoluciones de doce y trece de diciembre de dos mil veintitrés, respectivamente, dictadas en los autos RIT 6632-2023, del Octavo Juzgado de Garantía de Santiago. Devuélvase. Redactó la abogado integrante señora Paola Herrera Fuenzalida. Rol Nº6516-2023. Penal. No firma la Ministra señora Gutiérrez, por ausencia, sin perjuicio de haber concurrido a la vista y acuerdo de la causa. Pronunciada por la Tercera Sala de esta Iltma. Corte de Apelaciones de Santiago, presidida por la Ministra señora María Loreto Gutiérrez Alvear, conformada por el Ministro señor Alejandro Rivera Muñoz y la Abogada Integrante señora Paola Herrera Fuenzalida.
Texto Completo (Preview)
Santiago, doce de marzo de dos mil veinticuatro. Vistos: En estos antecedentes RIT 6632-2023 del Octavo Juzgado de Garantía de Santiago, la juez titular señora Irene Rodríguez Chávez en audiencia de 12 y 13 de diciembre de 2023, respectivamente, declaró abandonada la querella interpuesta por el Instituto Nacional de Derechos Humanos (en adelante INDH), y rechazó la petición de sobreseimiento defin
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