DELEGACION PRESIDENCIAL REGION C/ NN NN NN
Rol
Fecha
12 de marzo de 2024
Materia
HOMICIDIO. ART.391 Nº 2.
Resultado
REVOCADA
Hechos
Vistos y oídos: Atendido el mérito de los antecedentes, lo expuesto por el Ministerio Público, estimando que con los antecedentes que se han aportado, y atendida la gravedad y el carácter de los delitos que se imputan, se cumplen los requisitos del artículo 127 del Código Procesal Penal, por cuanto efectivamente de otra manera la comparecencia del imputado pudiera verse demorada o dificultada, SE REVOCA la resolución de fecha veinte de febrero del presente año dictada por el Juzgado de Garantía de Carahue, y en su lugar, se resuelve que se accede a la solicitud de la Fiscalía, y se decreta orden de detención en contra de LUIS ALBERTO GARCÍA-HUIDOBRO ANDREWS. Agréguese lo resuelto a la carpeta digital y comuníquese por la vía más expedita. Devuélvase por interconexión. N°Penal-307-2024.(ela)
Fallo
se resuelve que se accede a la solicitud de la Fiscalía, y se decreta orden de detención en contra de LUIS ALBERTO GARCÍA-HUIDOBRO ANDREWS. Agréguese lo resuelto a la carpeta digital y comuníquese por la vía más expedita. Devuélvase por interconexión. N°Penal-307-2024.(ela)
Texto Completo (Preview)
C.A. de Temuco Temuco, doce de marzo de dos mil veinticuatro. Al escrito de folio 5, a lo principal y otrosí: téngase presente. Vistos y oídos: Atendido el mérito de los antecedentes, lo expuesto por el Ministerio Público, estimando que con los antecedentes que se han aportado, y atendida la gravedad y el carácter de los delitos que se imputan, se cumplen los requisitos del artículo 127 del Códi
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