ARIDOS CACHAPOAL LIMITADA CON JUZGADO DE LETRAS DEL TRABAJO DE RANCAGUA
Rol
Fecha
12 de marzo de 2024
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
VISTOS: 1° Que en estos autos Rol Corte 442-2023 (Recurso de Hecho-Laboral Cobranza) el abogado Raúl Andrés Rogers Señoret, en representación de Áridos Cachapoal Limitada, representada legalmente por don Sergio Fernando Leiva Castro deduce recurso de hecho en contra de la resolución dictada con fecha 10 de noviembre de 2023, pronunciada por la Sra. Jueza Titular del Juzgado del Trabajo de Rancagua, doña María Loreto Reyes Gamboa, en la causa sobre juicio ejecutivo RIT J-31-2023, en virtud de la cual no se dio lugar al recurso de apelación deducido por dicha parte, en calidad de ejecutado, en contra de la resolución que resolvió un incidente promovido por la misma parte dentro del juicio ejecutivo. Manifiesta que el recurso de hecho se basa en que, respecto de la resolución indicada procede el recurso de apelación, en el entendido que la sentencia resuelve un incidente dentro del juicio ejecutivo, el cual es una institución que no tiene una regulación expresa dentro del procedimiento establecido en el párrafo 4º del libro V del Código del Trabajo, imponiendo el artículo 465 del mismo Código, la aplicación supletoria de las normas contenidas en el título XVIII del libro primero del Código de Procedimiento Civil. Sostiene que el Juez a quo, declaró inadmisible, por improcedente, el recurso de apelación interpuesto, bajo el errado concepto que la sentencia recurrida, no es susceptible de ser impugnada por la vía del recurso de apelación, en consideración a lo establecido en el 476 del Código del Trabajo, que a la letra señala: “Sólo serán susceptibles de apelación las sentencias interlocutorias que pongan término al juicio o hagan imposible su continuación…” Discrepa del sentenciador, señalando que la resolución que falla un incidente de impugnación de documentos, sí tiene la calificación jurídica de sentencia interlocutoria, estableciendo derechos permanentes para las partes, pues hace imposible la prosecución del juicio si la acoge o en su defecto la rechaza. En co
Fallo
Por estas consideraciones y lo dispuesto en el artículo 186 del Código de Procedimiento Civil y en los artículos 472 y 476 del Código del Trabajo, SE RECHAZA el recurso de hecho, interpuesto por don Raúl Andrés Rogers Señoret, en representación de Áridos Cachapoal Limitada, representada legalmente por don Sergio Fernando Leiva Castro, en contra de resolución dictada con fecha diez de noviembre de dos mil veintitrés, dictada en los autos ejecutivo RIT J-31-2023, por el Juzgado del Trabajo de Rancagua, que declaró inadmisible el recurso de apelación deducido. Regístrese, comuníquese al Tribunal a quo y archívese. Rol I. Corte 442-2023-Laboral- hecho Se deja constancia que esta sentencia no reúne los presupuestos del Acta 44-2022 de la Excma. Corte Suprema para ser anonimizada.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Rancagua Rancagua, doce de marzo de dos mil veinticuatro. VISTOS: 1° Que en estos autos Rol Corte 442-2023 (Recurso de Hecho-Laboral Cobranza) el abogado Raúl Andrés Rogers Señoret, en representación de Áridos Cachapoal Limitada, representada legalmente por don Sergio Fernando Leiva Castro deduce recurso de hecho en contra de la resolución dictada con fecha 10 de noviembre de 2023, pronun
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