SIN INFORMACION

NELSON ALEJANDRO ESCOBAR ROA/ MARCELO SUAZO SÁEZ

Rol

Fecha

11 de marzo de 2024

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

ACOGIDA

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTO: 1°) Compareció Nelson Alejandro Escobar Roa, funcionario público, domiciliado en calle O´Higgins N° 19, comuna de Los Álamos, deduciendo acción constitucional de protección contra de Marcelo Suazo Sáez, maestro en estructuras metálicas domiciliado en Pasaje Belén N° 18, Población Brisas del Sol, comuna de Los Álamos, recurso que funda en los siguientes antecedentes: a) Señala ser propietario del inmueble ubicado en su actual domicilio, donde reside desde hace más de 5 años, junto a su grupo familiar y que en la vivienda inmediatamente contigua, ubicada en pasaje Los Notros N° 34, Los Álamos, el propietario de esta, el recurrido Marcelo Suazo Sáez, instalo un taller de estructuras metálicas, donde forja piezas metálicas, mediante corte de materiales, pintura, soldadura con oxígeno y martilleos en metales. Dicho taller es atendido personalmente por el recurrido, quien tiene domicilio en la dirección señalada en su individualización; b) Refiere que el funcionamiento del taller indicado trajo la pérdida de la tranquilidad al sector donde vive, ello por los estridentes ruidos y malos olores que emanan del taller, además de la propagación de una plaga de ratones, producida por el desorden y basura que ahí se mantiene; se trata de un galpón de material ligero de palos de eucaliptus y planchas de zinc deterioradas de distintos tamaños, que afecta la armonía y tranquilidad de todo el vecindario, especialmente a su vivienda por los ruidos y malos olores que se escuchan y huelen día y noche, agregando haber agotado todas las instancias de dialogo con el recurrido para que su actividad no le continúe afectando ni a él ni a su grupo familiar, sin obtener resultados, limitándose el recurrido a reconocer la situación y minimizar sus consecuencias, advirtiendo su derecho a desarrollar esas labores ya que el inmueble era de su propiedad; c) Indica que al ser nulos sus esfuerzos por obtener una solución, denunció los hechos a la Superintendencia del Medio Ambiente, a la Munici

Fundamentos

fundamentos de derecho, cita el número 21 del artículo 19 de la Constitución Política de la República, esto es, su derecho a desarrollar cualquiera actividad económica que no sea contraria a la moral, al orden público o a la seguridad nacional, respetando las normas legales que la regulen. Asimismo, el número 16, inciso 3° del citado artículo 19, acerca de la libertad de trabajo y su protección, garantías también protegidas por el artículo 20 de la Carta Fundamental; g) Conforme a lo expuesto y a los documentos que acompaña con su informe, solicita el rechazo, con costas, del recurso deducido, por no tener fundamento plausible; 3°) Informó Pablo Montecinos Garrido, Juez (S) del Juzgado de Policía Local de Los Álamos, señalando que el recurrido registra las siguientes denuncias en ese tribunal, todas interpuestas por Nelson Alejandro Escobar Roa: Rol Fecha Denuncia Materia Estado 1129-2022 03-06-2022 Ruidos molestos Fallada el 21-03-2023, rechazando la denuncia. Firme y ejecutoriada. 605-2023 14-03-2023 Ruidos molestos Archivada 614-2023 14-03-2023 Ruidos molestos Archivada Además, registra otra denuncia, la Rol 139-2023, formulada el 12 de enero de 2023, por ruidos molestos, por Ana Betzabe Pereira Vega. Causa archivada; 4°) Por la Municipalidad de Los Álamos, informó el abogado Jorge Eduardo Correa González, señalando lo siguiente: a) Consultada la oficina municipal de Rentas y Patentes dependiente de la Dirección Municipal de Administración y Finanzas, se constató que Marcelo Remigio Suazo Sáez, domiciliado en pasaje Los Notros Nº 34 de esa comuna, actualmente no cuenta con patente para el desarrollo de actividad industrial, ni tampoco cuenta con algún tipo de permiso vigente para el desarrollo de su actividad. No obstante durante los siguientes periodos obtuvo permiso provisorio para el funcionamiento de un taller artesanal de obras civiles y estructuras metálicas en su domicilio: Periodo: N° orden de ingreso Del 6-06-2022 al 6-08-2022 232354 Del 6-09-2022 al 06-11-2022 236552 Del 10-03-2023 al 12-05-2023 312672. Con observación de no ser renovado si no cuenta con el certificado de destino de la Dirección de Obras Municipales. b) Añade que el 31 de mayo de 2022, el señor Suazo Sáez, solicitó patente del tipo industrial para desarrollar la actividad económica de obras civiles y estructuras metálicas, en el domicilio de pasaje Los Notros N° 34, Población Simón Carvallo, comuna de Los Álamos, solicitud que fue ingresada pero no autorizada, ya que carecía de certificado de destino de la propiedad y/o local en cuestión, que permita desarrollar la actividad informada; tampoco tenía resolución sanitaria de la Seremi de Salud y Medio Ambiente, señalando que la actividad a ejecutar era inofensiva; c) En ese sentido, dice, mediante ordinario N° 8 de la Dirección de Administración y Finanzas, se consultó la situación a la Dirección de Obras Municipales, respondiendo mediante ordinario N° 9, que informa y describe la situación de

Fallo

Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo previsto en el artículo 19 números 1, 8 y 24, y artículo 20, ambos de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre la materia, SE ACOGE, sin costas, el recurso de protección deducido en estos autos por Nelson Alejandro Escobar Roa y en contra de Marcelo Suazo Sáez, sólo en cuanto se dispone que el recurrido se abstendrá de operar y de realizar cualquier tipo de actividad productiva en el taller de estructuras metálicas instalado en pasaje Los Notros N° 34, Población Simón Carvallo, comuna de Los Álamos, mientras no obtenga la patente comercial definitiva que autorice el desarrollo y funcionamiento de dicha actividad económica en el domicilio señalado. Para los fines que sean pertinentes, notifíquese la presente sentencia a la Ilustre Municipalidad de Los Álamos. Hágase por Receptor de Turno del Juzgado de Letras y Garantía de Lebu. Regístrese, comuníquese y archívese en su oportunidad. Redacción del ministro Waldemar Koch Salazar. No firma la ministra señora Nancy Bluck Bahamondes, no obstante haber concurrido a la vista de la causa y al acuerdo, por encontrarse con licencia médica. N°Protección-21803-2023

Texto Completo (Preview)

C.A. de Concepción Concepción, once de marzo de dos mil veinticuatro. VISTO: 1°) Compareció Nelson Alejandro Escobar Roa, funcionario público, domiciliado en calle O´Higgins N° 19, comuna de Los Álamos, deduciendo acción constitucional de protección contra de Marcelo Suazo Sáez, maestro en estructuras metálicas domiciliado en Pasaje Belén N° 18, Población Brisas del Sol, comuna de Los Álamos, rec

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