SIN INFORMACION

SANDOVAL/GENDARMERIA DE CHILE

Rol

Fecha

11 de marzo de 2024

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

ACOGIDA

Ver en fuente oficial

Hechos

Vistos y teniendo presente que: Primero. Eduardo Salomón Lillo, abogado, por el condenado Jonathan Sandoval Mellado, actualmente privado de libertad en el Complejo Penitenciario de Valdivia, recurre de amparo en contra de Gendarmería de Chile, solicitando que esta Corte se constituya en el recinto penitenciario u ordene traer al amparado a su presencia, instruyendo que sea examinado por un médico y disponiendo su traslado al establecimiento penitenciario de Puerto Aysén o Coyhaique. Funda su petición en razones familiares y en que el condenado habría sido agredido en Valdivia, habiéndose percatado su hermana en una reciente visita, en que le encontró con hematomas en sus brazos, piernas y torso y una herida corto punzante en su torso, lesiones que no ha dado a conocer en el recinto penal por temor a represalias. Segundo. Informó Marcelo Andrades Núñez, Mayor de Gendarmería, alcaide subrogante del Centro Penitenciario de Valdivia, señalando la inconveniencia de acceder al traslado solicitado, pues del CDP de Puerto Aysén y CP Coyhaique egresó por medidas de seguridad (segmentación agotada) y debe evitarse un evento crítico que afecte su seguridad, la de otros internos y sus custodias. Refiere que el traslado del interno se dispuso por Resolución Exenta DR 398 de 12 de julio de 2023 del Director Regional de Aysén, fundado en que, atendido el tipo de delito por el que está condenado, tuvo problemas con el resto de la población penal y se mantenía aislado. Tal situación le impedía participar en talleres en base a su plan de intervención individual y poder desarrollar actividades laborales, lo que a corto plazo le implicará una evaluación de conducta negativa y le impedirá postular a beneficios intrapenitenciarios. Agrega que, mediante Resolución Exenta DN 6169, de 6 de septiembre de 2023, el Director Nacional dispuso su traslado a Valdivia, teniendo en consideración el riesgo que corría el interno en Coyhaique y el hecho de no existir otro establecimiento penitencia

Fallo

Por estas consideraciones y visto, además, lo establecido en el artículo 21 de la Constitución Política de la República, se ACOGE el recurso de amparo deducido en favor de Jonathan Sandoval Mellado, ordenando a Gendarmería, solo en cuanto se ordena a la institución recurrida: 1) La realización de exámenes médicos al recurrente, con periodicidad de al menos una vez al mes, sin perjuicio de su atención médica inmediata si sus condiciones de salud lo determinan. 2) Garantizar la participación del condenado en las actividades que se dispongan para su rehabilitación, resguardando su seguridad. 3) Realizar una investigación interna dirigida a determinar las causas y los responsables de las lesiones constatadas en el informe médico acompañado a estos antecedentes. Acordado contra el parecer del Ministro señor Samuel Muñoz Weisz, quien estuvo por rechazar el recurso de amparo en cuanto al traslado por corresponder a facultades de gendarmería y en cuanto a las presuntas agresiones no estar acreditado su origen, sin perjuicio que en este caso se adopten las medidas de resguardo que competen a Gendarmería de Chile. Regístrese digitalmente y archívese, en su oportunidad. N°Amparo-46-2024.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Valdivia Valdivia, once de marzo de dos mil veinticuatro. Vistos y teniendo presente que: Primero. Eduardo Salomón Lillo, abogado, por el condenado Jonathan Sandoval Mellado, actualmente privado de libertad en el Complejo Penitenciario de Valdivia, recurre de amparo en contra de Gendarmería de Chile, solicitando que esta Corte se constituya en el recinto penitenciario u ordene traer al am

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